Los notarios anuncian que también van a suspender todos los desahucios extrajudiciales

  • Si el deudor acredita la admisión a trámite por un juzgado de una demanda en la que impugna alguna cláusula de su hipoteca.
  • El notario deberá informar a las partes de la sentencia europea que considera ilegal y abusiva la legislación española de desahucios.
Decenas de personas protestan para exigir la paralización de las ejecuciones hipotecarias.
Decenas de personas protestan para exigir la paralización de las ejecuciones hipotecarias.
ACN
Decenas de personas protestan para exigir la paralización de las ejecuciones hipotecarias.

La Ley Hipotecaria española tendrá que ser otra tras la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de considerar ilegal y abusiva la legislación española de desahucios. Son muchos los cambios que se presuponen. Uno más es la decisión de los notarios de suspender también los desahucios extrajudiciales.

El Consejo General del Notariado ha trasladado a los casi 3.000 notarios que suspendan cualquier ejecución hipotecaria extrajudicial, promovida por un banco, si el deudor acredita la admisión a trámite por un juzgado de una demanda en la que impugna alguna cláusula de su hipoteca al considerarla abusiva o una solicitud de medidas cautelares de suspensión de la ejecución por esta misma causa.

Según señala el Consejo, esta decisión se ha adoptado tras hacerse pública la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, que ha determinado que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

"La normativa española, que impide al juez que es competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado por otra vía, es contraria al Derecho de la Unión", indicaba el tribunal europeo en su sentencia del pasado 14 de marzo.

Así, el Consejo General del Notariado ha trasladado también a los notarios que si estuvieran tramitando un procedimiento de estas características, informen al acreedor hipotecario y al deudor de la existencia y alcance de esta sentencia.

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