El Gobierno elevará a 3 impagos las ejecuciones hipotecarias y limitará los intereses de demora

Decenas de personas manifestándose contra los desahucios delante de una sede del PP.
Decenas de personas manifestándose contra los desahucios delante de una sede del PP.
ACN
Decenas de personas manifestándose contra los desahucios delante de una sede del PP.

El Gobierno va a introducir dos enmiendas en el decreto-ley sobre desahucios que se está tramitando en el Congreso. Una irá destinada a reducir los intereses de demora y la otra, a que no se pueda proceder a una ejecución hipotecaria hasta que no se hayan producido tres impagos. Estas medidas han sido anunciadas por la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Sáenz de Santamaría ha hecho este anuncio al día siguiente de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinara que la norma española de desahucios es contraria al derecho comunitario. La sentencia conocida este jueves establece que la ley existente en España a este respecto no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

"Se va a introducir una enmienda en el nuevo decreto-ley de manera que se reduzcan los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero [actualmente del 4%]. No se podrá pactar un interés de demora por encima de ese interés", ha precisado. En cuanto a los impagos, la ley contempla en la actualidad que la entidad bancaria puede iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria a partir del primero.

"Como está en tramitación el decreto-ley se ha ampliado el periodo de enmiendas", ha asegurado Sáenz de Santamaría. En un principio, el Gobierno prevé hacer esos cambios vía enmienda pero tampoco descarta aprobar estas medidas por decreto ley, ya que lo que busca es que el proceso se lleve a cabo de la manera más rápida posible. "Vamos a analizar los tiempos de duración de la tramitación parlamentaria. No rechazamos ninguna cosa, cuanto antes hay que resolverlo", ha precisado.

Sobre si la eliminación de estas cláusulas tendrá carácter retroactivo, ha resaltado que "si son abusivas, son nulas y la nulidad de pleno derecho significa que no pueden formar parte de un contrato". "Se trata de reforzar de qué manera evitamos que se pacten hipotecas o cláusulas como estas", ha argumentado.

La vicepresidenta también ha hablado de la creación de un grupo de trabajo en el que están representados los ministerios con competencias en esta materia, principalmente el de Economía y Justicia. Este grupo se encargará de abordar cuáles son las reformas concretas que tienen que llevarse a cabo para adaptar el derecho nacional a lo fallado por la Justicia europea. La 'número dos' del Gobierno ha avanzado que serán necesarias reformas en la Ley de Enjuiciamento Civil.

El Ejecutivo, según sus palabras, pretende reforzar la capacidad para detectar cláusulas abusivas relacionadas con las hipotecas, facilitar que se conozcan entre la sociedad y evitar que sean incluidas en los contratos, así como "dar una respuesta a lo que el tribunal de Luxemburgo determina sobre los procedimientos hipotecarios en fase de ejecución".

Pagar la comunidad es "prioritario"

En materia de vivienda, este viernes también se ha conocido una respuesta por escrito del Gobierno a UPyD, partido que el pasado mes de noviembre alertó de que las entidades financieras debían ya unos 150 millones de euros a las comunidades de vecinos y exigía medidas para dar una solución a este problema.

El Ejecutivo recuerda en el texto, al que ha tenido acceso Europa Press, que los propietarios están obligados, por la Ley de Propiedad Horizontal, al pago de los gastos generados para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades, y que el abono de estas cuotas es “prioritario” y está respaldado por el propio piso.

El Gobierno obvia la demanda de medidas que plantea la formación magenta y se limita a recordar las previsiones recogidas en la Ley de Propiedad Horizontal y el Código Civil, en el que se estipula que las cuotas de este tipo tienen la "condición de preferentes" y se sitúan "únicamente tras los créditos a favor del Estado" en el orden de prelación de pago.

También se subraya que el adquiriente de una vivienda o local "responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios", que pueden sumar a su reclamación los costes derivados del requerimiento de pago.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento