El Justicia pide al Ayuntamiento de Zuera que atienda las quejas de un vecino por ruidos en terraza de un bar

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recomendado al Ayuntamiento de la localidad zaragozana de Zuera que atienda las quejas de un vecino por los ruidos que se generan en la terraza de un bar de este municipio.
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EUROPA PRESS
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El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recomendado al Ayuntamiento de la localidad zaragozana de Zuera que atienda las quejas de un vecino por los ruidos que se generan en la terraza de un bar de este municipio.

En una sugerencia, el Justiciazgo solicita al consistorio que de una respuesta "concreta" a las solicitudes que le plantean los vecinos, resolviendo lo que proceda en los plazos legalmente establecidos, así como que utilice los medios propios municipales o en colaboración con los que puedan facilitarle otras administraciones para procurar que la actividad de la terraza del bar aludido en la queja se desarrolla de acuerdo a las normas de horarios y ruido que le son aplicables.

Además, ha recordado al consistorio su obligación de auxiliar al Justicia en sus investigaciones y solicita que en un plazo no superior a un mes comunique a la institución si acepta o no su recomendación y, en el segundo caso, las razones de su negativa.

García Vicente da respuesta de esta forma a una queja recibida en la institución el 7 de agosto de 2012, en la que se explicaba que un vecino de Zuera había presentado ante el Ayuntamiento varias denuncias por las molestias derivadas del ruido que genera un bar del municipio.

En el escrito, este ciudadano señalaba que el establecimiento ha colocado una terraza en la calle San Pedro que, al no respetar horarios nocturnos, "es una fuente de ruido que incomoda a los vecinos, además de incrementar el peligro del tránsito en una calle estrecha".

Asimismo, detallaba que recientemente se ha colocado una señal de prohibido aparcar en el lugar donde están los veladores y se ha pintado de amarillo el borde de la acera, "estableciendo una prohibición no justificada por motivos de carga y descarga, sino para que se pueda instalar la referida terraza".

Con el fin de mejorar la situación, esta persona presentó quejas en el Ayuntamiento de la localidad con fechas de 2 de abril y 2 de mayo, pero no ha obtenido contestación ni se ha modificado "lo más mínimo" el estado de cosas descrito.

Atender a los ciudadanos

Admitida la queja a supervisión, el Justicia se dirigió en agosto al consistorio para recabar información sobre la cuestión planteada y para conocer la respuesta dada por el ayuntamiento a las solicitudes de este vecino y las medidas adoptadas o previstas para disminuir la incidencia del problema. La solicitud de información se reiteró en septiembre y noviembre, sin que haya sido atendida.

Tras repasar la legislación vigente, García Vicente indica que el Ayuntamiento, como administración más próxima a los ciudadanos, "debería haber dado contestación formal a las peticiones formuladas por este vecino, resolviéndolas en el sentido que proceda y ofreciendo los recursos oportunos en caso de disconformidad".

Sin embargo, el ciudadano, afectado por un problema cuya resolución corresponde a la Administración local, no ha visto satisfecho este derecho, al no haber recibido respuesta a sus solicitudes, observa.

Actuar frente al ruido

Sobre la obligación municipal de intervenir en los problemas en las vías y espacios públicos y de control de actividades, el Justiciazgo apunta que si bien desde el Ayuntamiento no ha sido facilitada la información necesaria sobre la cuestión de fondo, ya ha abordado con anterioridad problemas de esta naturaleza.

Por ello, reitera en este caso la necesidad de los responsables municipales de comprobar la situación concreta y, en su caso, intervenir mediante la adopción de las medidas necesarias para evitar problemas de convivencia vecinal.

Asimismo, advierte de que en la actualidad está plenamente reconocido que la contaminación acústica puede generar graves perjuicios a la salud física y psíquica de las personas, por lo que la existencia de ruido que rebase determinados límites "exige una respuesta jurídica proporcionada, existiendo la obligación administrativa de intervenir".

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