Condenado a tres años por retener contra su voluntad y con un cuchillo a su expareja en un cortijo

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de tres años de cárcel para un hombre de 41 años que, en junio de 2011, retuvo contra su voluntad y a punta de cuchillo durante varias horas en el interior de un cortijo ubicado en El Ejido (Almería) a su expareja sentimental, a la que, además, golpeó y amenazó de muerte.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de tres años de cárcel para un hombre de 41 años que, en junio de 2011, retuvo contra su voluntad y a punta de cuchillo durante varias horas en el interior de un cortijo ubicado en El Ejido (Almería) a su expareja sentimental, a la que, además, golpeó y amenazó de muerte.

La sentencia del Alto Tribunal, a la que tuvo acceso Europa Press, rechaza la admisión a trámite del recurso de casación interpuesto por el acusado y ratifica el fallo del tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería, que le condenó, asimismo, a la pena de un mes de multa con cuota de seis euros al día por las lesiones que le ocasionó a la persona que acompañaba a la víctima.

M.E.Y. se encontró con su excompañera sentimental, con la que había mantenido una relación de cuatro meses, en la tarde del 20 de junio en un descampado situado junto a un supermercado de la pedanía ejidense de Santa María del Águila.

La víctima, que iba a acompañada por una amiga, aprovechó ese momento para reclamarle que le devolviese la ropa y pertenencias que se había dejado en el cortijo en el que había vivido con él ya que su "voluntad", según remarca la sentencia, era "poner término a la relación de pareja".

El acusado accedió y los tres se dirigieron al inmueble ubicado en las inmediaciones del Polígono La Redonda. "Repentinamente", M.E.Y. exigió al acompañante de la mujer que se fuera de allí y comenzó a arrojarle piedras al tiempo que exclamaba que ella "era solo suya". A continuación, sacó un cuchillo que le puso en el cuello a la víctima, a la que dijo que le acompañaba "o la mataría".

Según recoge la resolución, durante aproximadamente media hora, el acusado obligó a su expareja a entrar y permanecer en un invernadero en el que se escondieron al ver acercarse un vehículo. Cuando se sintió seguro y con el cuchillo contra la espalda de ella, la condujo hasta el cortijo.

Una vez allí, la víctima intentó escapar pero M.E.Y. la "cogió del pelo y la arrastró por el suelo", por lo que estuvo retenida contra su voluntad varias horas mientras que él, con el arma blanca en mano, le amenazaba "con acabar con su vida si intentaba huir de nuevo".

Llamada a la guardia civil

El acusado sólo permitió que se marchase a las 22,35 horas después de ella recibiese en su teléfono móvil una llamada de la Guardia Civil a la que había acudido su acompañantes para informar de lo ocurrido y dar comienzo a las labores de búsqueda. Los agentes pudieron encontrarla a unos 100 metros del cortijo, donde minutos después era detenido M.E.Y.

El Alto Tribunal considera que la declaración que prestó la víctima en sala junto al testimonio del testigo, "coincidente", es "bastante" prueba de cargo contra el acusado en contra de lo sostenido por su defensa, que alegó que el pronunciamiento condenatorio se basaba "únicamente en indicios y suposiciones".

Estima, asimismo, que concurre la aplicación de la agravante de parentesco ya que quedó acreditada la relación sentimental y la convivencia de ambos durante cuatro meses, por lo que confirma el fallo en todos sus extremos y por el que se le obliga, asimismo, al pago de indemnizaciones de 350 y 150 euros.

La víctima, a la que no podrá acercarse a menos de 400 metros durante cuatro años, sufrió hematomas y lesiones erosivas de las que tardó en curar cinco días mientras que su amigo, a consecuencia de la pedrada, sufrió un hematoma en el muslo derecho del que tardó unos diez días en curar.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento