Canarias exige a Fomento que abone los 207 millones del Convenio de Carreteras de este ejercicio

El Gobierno de Canarias ha acordado, en el Consejo celebrado este jueves, enviar un requerimiento a la ministra de Fomento para exigir que el Estado abone la totalidad de los 207 millones de euros comprometidos a través del Convenio de Carreteras con Canarias en la anualidad de 2012, como paso previo a la interposición de una demanda contencioso-administrativa, puesto que el Ejecutivo autonómico entiende que no cabe incumplir una obligación contractual suscrita en base a la confianza legítima que debería inspirar el Gobierno estatal.
Berriel y Rivero, en Consejo de Gobierno
Berriel y Rivero, en Consejo de Gobierno
CEDIDA
Berriel y Rivero, en Consejo de Gobierno

El Gobierno de Canarias ha acordado, en el Consejo celebrado este jueves, enviar un requerimiento a la ministra de Fomento para exigir que el Estado abone la totalidad de los 207 millones de euros comprometidos a través del Convenio de Carreteras con Canarias en la anualidad de 2012, como paso previo a la interposición de una demanda contencioso-administrativa, puesto que el Ejecutivo autonómico entiende que no cabe incumplir una obligación contractual suscrita en base a la confianza legítima que debería inspirar el Gobierno estatal.

El Estado, de forma unilateral, redujo ese importe en sus Presupuestos Generales en más de 148 millones de euros, con lo que sólo prevé transferir a las islas 68,54 millones de euros en el presente ejercicio.

El Gobierno de Canarias entiende que el Ministerio de Fomento no puede justificar esta decisión arbitraria en la situación de crisis económica y en la escasa disponibilidad presupuestaria, cuando en el mismo presupuesto aumenta la partida para la Dirección General de Carreteras del Estado en un 25 por ciento, e incluso se compromete a crear nuevas infraestructuras, tanto viarias, como de ferrocarril.

En concreto, el requerimiento acordado este jueves, justifica la exigencia del Gobierno canario en que la reducción unilateral del 68 por ciento que se pretende imponer a Canarias respecto a la anualidad 2012 del Convenio de Carreteras, no la experimenta en cambio el programa 453 B en los Presupuestos Generales del Estado para ese ejercicio, cuyo importe en los capítulos 6 y 7 incluso aumenta un 25,54 por ciento, respecto al ejercicio 2011, con manifiesto desprecio a cualquier criterio de equidad.

En el texto que se enviará a la ministra de Fomento, se desglosa ese porcentaje del 25,54 por ciento para comprobar que, mientras en la Comunidad Autónoma de Canarias se reduce la aportación respecto a la anualidad 2012 del Convenio en un 68 por ciento, las inversiones reales en el programa 453B se incrementan entre 2011 y 2012 en un 54,17 por ciento; y por otro lado, la reducción que sufren las transferencias de capital es de un 61,98 por ciento, inferior por tanto al 68 por ciento que experimenta esta Comunidad Autónoma respecto al convenio.

Principio de solidaridad

El Gobierno de Canarias entiende que todo ello discurre en una clara línea discriminatoria, que es constitutiva de una flagrante vulneración del principio de solidaridad interterritorial que se encuentra reconocido en los artículos 2, 138.1 y 156.1 de la Constitución española, y que implica la obligación del Estado de desarrollar políticas tendentes al establecimiento de un "equilibrio económico, adecuado y justo, entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular".

Semejante discriminación es completamente incompatible con el principio de buena fe que debe inspirar la actuación de esa Administración General del Estado, informa el Ejecutivo regional en una nota.

En este sentido, se recuerda al Estado que se notificó por primera vez la cuantía del recorte a principios del mes de abril, cuando, siguiendo con la programación prevista gracias a la financiación recogida en la Adenda al Convenio de Carreteras suscrita en 2009, ya se habían materializado cuantiosos compromisos con cargo a la anualidad de 2012.

Certificaciones periódicas

Así, se trata de gastos devengados en la anualidad corriente en virtud de contratos formalizados con terceros en anualidades anteriores, por importe de 128.588.631 euros, de los cuales, a fecha de 31 de marzo de este año, 18.551.612,50 euros ya habían sido pagados contra certificaciones periódicas de obra.

Asimismo, a la citada fecha se habían realizado también pagos en concepto de expropiaciones por importe de 22.410.909, 56 euros, a los cuales hay que sumar 19.837.985, 80 euros en concepto de obligaciones ya reconocidas.

Ello arroja, por tanto, entre gastos devengados, obligaciones reconocidas y pagos realizados por ejecución de obras y expropiaciones en la anualidad 2012, un total de 170.837.526, 36 euros a la fecha mencionada de 31 de marzo.

De haber conocido el Gobierno de Canarias el flagrante incumplimiento que se cernía sobre las cuantías de la Tabla 2 de la cláusula tercera de la Adenda al Convenio de Carreteras, no habría comprometido ni realizado gastos hasta marzo de 2012 gastos que ahora son en gran parte inasumibles.

Anualidades anteriores

"Si así se hizo fue, según expone el requerimiento, por la legítima confianza generada en esta Comunidad Autónoma de Canarias tras la suscripción de la Adenda por parte de esa Administración estatal, y por el hecho de que, hasta ahora, todas las anualidades anteriores el Estado había cumplido de forma diligente los compromisos suscritos", apunta el Ejecutivo.

El Gobierno entiende que, como paso previo a una reclamación por la vía contencioso-administrativa, debe dirigirse al Estado para que abone el importe íntegro de la anualidad prevista en el convenio.

Así, enviará un escrito a la ministra de Fomento en el que "se requiere a esa Administración General del Estado para que cese en su inactividad y proceda a realizar sin dilación la transferencia de los fondos a que está obligada en virtud de la cláusula tercera de la adenda de 17 de noviembre de 2009 al convenio en materia de carreteras suscrito con fecha 31 de enero de 2006, transferencia que debe ascender a la cuantía de 207.000.000 por imperativo jurídico de la citada cláusula".

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