Condenan a un hombre que intentó robar en una casa habitada, tras trepar por la fachada 4 metros

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena impuesta a un hombre que intentó robar en una casa de la localidad malagueña de Marbella, en la que en ese momento estaban dos mujeres, para lo que entró por el balcón, tras trepar por la fachada cuatro metros de altura. Se le impone la pena de un año de prisión.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena impuesta a un hombre que intentó robar en una casa de la localidad malagueña de Marbella, en la que en ese momento estaban dos mujeres, para lo que entró por el balcón, tras trepar por la fachada cuatro metros de altura. Se le impone la pena de un año de prisión.

Los hechos ocurrieron en agosto de 2011. El Juzgado de lo Penal número 2 de Málaga consideró probado que de madrugada, el acusado trepó por la fachada de unos cuatro metros de altura y accedió por el balcón al interior de una vivienda con la intención de robar, aunque fue sorprendido por sus ocupantes.

Por esto, no llegó a conseguir su inicial propósito, "emprendiendo la huida en la que tiró al suelo el móvil" de una de las residentes, causándole desperfectos valorados en 70 euros. No obstante, el hombre fue detenido a dos manzanas del lugar de los hechos, tras dar aviso a la Policía las perjudicadas.

Por esto, se le condenó a un delito de robo en casa habitada en grado de tentativa a la pena de un año de prisión, al estimarse la atenuante de embriaguez. Contra esta resolución, la defensa presentó un recurso ante la Audiencia, que lo ha desestimado en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

En dicha resolución, la Sala de apelación sostiene que la presunción de inocencia fue destruida por la actividad probatoria y destaca los testimonios de las dos mujeres que estaban en el domicilio en ese momento, en los que "no se aprecia contradicción entre ellos".

Asimismo, los agentes de la Policía Nacional que acudieron y realizaron la detención del acusado también corroboraron en el juicio oral estas manifestaciones y explicaron que las víctimas dieron las características físicas del hombre y que las llevaron para que lo reconocieran "y así lo hicieron sin dudar".

En cuanto al estado de embriaguez, la Sala ratifica que "mermaba, pero no anulaba" las facultades intelectivas y volitivas del acusado. Por todo esto, el Tribunal acepta el relato de hechos probados de la primera sentencia, que confirma íntegramente, rechazando el recurso de apelación.

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