La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado una multa de 450 euros a un hombre por agredir a un menor que acosaba a su hijo, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
De esta forma, la Audiencia ha ratificado una sentencia anterior del Juzgado de Instrucción número 2 de Gandia, que impuso a este progenitor una sanción de 450 euros por una falta de lesiones.
En aquel fallo, el juez señalaba que, "con independencia de los problemas que pudiera tener el hijo del denunciado con los otros menores, es totalmente injustificable que agrediera y amenazara a un menor y menos cogiéndole del cuello".
Asimismo, se consideró suficientemente acreditada la existencia de la agresión, ya que el menor la relató en su testimonio y se aportó un parte de asistencia médica que certificaba las lesiones leves que sufrió.
El ahora condenado recurrió dicha judicial pero la Audiencia ha desestimado sus alegaciones y ha confirmado la sanción. El organismo entiende que en casos de acoso escolar "han de utilizarse las vías de solución pacífica que existen al respecto", dirigiéndose a los responsables del centro escolar, acogiéndose al procedimiento de mediación escolar o "valiéndose de cualquier otra vía que no sea violenta".
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