El juez insiste en que no puede estudiar contratos de Notec al no tener nada que ver con la facturación ilegal

El titular del juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha insistido en que no puede estudiar los contratos sucritos entre Emarsa y Notec --empresa que gestionaba el tratamiento de los lodos en la entidad pública-- al no tener nada que ver con la facturación "irregular" realizada por la eliminación de lodos --algo que sí se evalúa en el procedimiento--. Ha reiterado que el ámbito para analizar la validez de estos contratos es el contencioso-administrativo.

El titular del juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha insistido en que no puede estudiar los contratos sucritos entre Emarsa y Notec —empresa que gestionaba el tratamiento de los lodos en la entidad pública— al no tener nada que ver con la facturación "irregular" realizada por la eliminación de lodos —algo que sí se evalúa en el procedimiento—. Ha reiterado que el ámbito para analizar la validez de estos contratos es el contencioso-administrativo.

De esta manera, el magistrado ha desestimado el recurso interpuesto por la Emshi contra el auto en el que se desestimaba la querella contra Vicente Ros Bartual, José Luis Sena y Enrique Sena como representantes legales de la mercantil Noves Técniques Ecológiques S.L. —posteriormente denominada Notec— por un presunto delito intentado de estafa procesal.

En enero de 2011, la junta de gobierno de la Emshi declaró la nulidad de los contratos suscritos por Emarsa con Notec y acordó la liquidación de los mismos, puesto que entendía que se habían vulnerado las normas de selección y adjudicación.

Frente a este acuerdo, Notec presentó un recurso contencioso-administrativo, el cual dio origen a un nuevo procedimiento sobre este asunto, pero por una vía distinta, la contenciosa. La mercantil solicitaba que no se tuviera en cuenta la declaración de la nulidad, puesto que esta decisión le había supuesto grandes pérdidas económicas.

Seguidamente y ante la postura adoptada por Notec, la Emshi presentó en la causa tramitada en el juzgado número 15 una ampliación de querella contra los legales representantes de la mercantil, de la que en ese momento ya era administrador único José Luis Sena Gimeno. Se sentía estafada.

El magistrado dictó dos resoluciones en las que aceptó parcialmente la petición de la Emshi y acordó investigar la participación de Notec en la gestión de lodos procedentes de la depuradora de Pinedo (Valencia), puesto que se advertía la existencia de indicios de criminalidad en la facturación; además de los tickets de pesaje emitidos por las básculas de la planta, ya que se observaron discrepancias.

Estas resoluciones fueron recurridas luego por Sena, quien en su escrito hizo alusión por primera vez a la declaración de nulidad de los contratos de Notec con Emarsa. Sin embargo, este aspecto —señaló el juez— carece de relevancia para la causa que instruye, puesto que él no trata de valorar si la relación jurídica entre Emshi y Notec se constituyó de forma ajustada a las leyes.

"desbaste a emarsa"

El magistrado agrega que no ha dictado ninguna resolución judicial en la que se haya acordado la ampliación de la investigación a la legalidad de dichos contratos. Así, reitera que a su juicio, la documentación aportada por la mercantil de lodos "no tiene nada que ver con la facturación irregular hecha por el lodo y por el desbaste a Emarsa", mantiene.

"Son dos cosas distintas —agrega—. Una es la facturación irregular que realizan las empresas catalanas encabezadas por Erwinin S.L. y de la que Notec S.L. aprende, facturando directamente a Emarsa e integrándose plenamente en la trama; y otra es la actividad que pretendía realizar Notec con el secado solar, tema que no pudo ver los resultados".

Con todo, el juez afirma que "obviamente" la Emshi tiene "todo el derecho" a discutir la validez de los contratos suscritos entre el gerente de Emarsa y Notec, pero entiende que esto "debe hacerse donde ya se está haciendo, que en este caso es en el juzgado de lo contencioso-administrativo".

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