Multas por pescar en el canal de derivación de aguas de Textil Santanderina y en la presa de Santa Lucía

La Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza del Gobierno de Cantabria ha impuesto sendas multas de 300 euros cada una a dos pescadores por practicar la pesca en el canal de derivación de aguas de Textil Santanderina y en la presa de Santa Lucía, respectivamente.
Un Pescador.
Un Pescador.
EUROPA PRESS
Un Pescador.

La Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza del Gobierno de Cantabria ha impuesto sendas multas de 300 euros cada una a dos pescadores por practicar la pesca en el canal de derivación de aguas de Textil Santanderina y en la presa de Santa Lucía, respectivamente.

Según la notificación de estas resoluciones, consultada por Europa Press, la primera sanción afecta a un vecino de Cabezón de la Sal, por dedicarse al ejercicio de la pesca en el río Saja, en el canal de derivación y restitución de las aguas de la empresa Textil Santanderina, término municipal de Ruente.

Estos hechos, que se produjeron a las 20,30 horas del día 1 de abril de 2011, constituyen una infracción tipificada como grave en la Ley de Pesca en Aguas Continentales, y por ello se impone al infractor una multa de 300,01 euros.

La segunda sanción, por el mismo importe, se impone a un vecino de Tanos (Torrelavega) por dedicarse al ejercicio de la pesca en el río Saja, a menos de 50 metros de la presa de Santa Lucía, en el término municipal de Cabezón de la Sal, hecho ocurrido a las 7,45 horas del día 1 de abril de 2011.

Ello supone, según la resolución, una infracción tipificada como grave en la Ley de Pesca en Aguas Continentales, por lo que se impone igualmente una sanción de 300,01 euros.

Las resoluciones indican que ambos expedientados dispondrán de un período de un mes durante el cual podrán interponer recurso de alzada ante la consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.

Transcurrido el plazo sin haber interpuesto recurso, el pago de la sanción deberá hacerse efectivo dentro del mes siguiente. De no efectuarse el pago en la forma indicada, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, indica la resolución.

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