El Supremo deniega la condición de refugiado a un ruso que denunció persecución estatal y de islamistas

Pidió el asilo ante la Policía de Cantabria y le fue denegada por la Audiencia Nacional, que cuestionó su credibilidad
Sede del Tribunal Supremo
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EUROPA PRESS
Sede del Tribunal Supremo

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha denegado la condición de refugiado político y, en consecuencia, el asilo en España, a un ciudadano ruso que había huido de su país, denunciando la persecución tanto del Estado por sus denuncias de corrupción como de fundamentalistas islámicos (wahabistas)

Confirma así una sentencia de la Audiencia Nacional, que rechazaba un recurso del afectado frente a una orden del Ministerio de Interior. que le denegaba ese reconocimiento, que el recurrente había solicitado en agosto de 2006 ante la Jefatura Superior de Cantabria.

Según contó, era ruso, representante del partido Libertad y Democracia en la región de Kiziluyrtovsky, y marchó en junio de 2006 de su país, en autobús.

Según relataba, se dedicaba a la minería y había creado una empresa de explosivos. En junio de 2005, tal y como contó a la Policía, volvía de una explotación minera cuando fue abordado por fundamentalistas islámicos (en concreto, wahabistas), que le exigieron que les vendiera material para sus fines.

Él se negó, por lo que fue perseguido, amenazado y golpeado, hasta el punto de que tuvo que ser hospitalizado. Denunció los hechos a la policía de allí, pero no obtuvo respuesta.

Ese fue el motivo que le empujó a afiliarse a Libertad y Democracia, para "luchar contra la corrupción y las mafias". Lo que sucedió, en cambio, fue que resultó "más perseguido y amenazado", así que decidió abandonar el país al comprobar que peligraba su vida.

Su solicitud de asilo recibió un informe desfavorable en 2007, en el que se apuntaba que su relato era "inverosímil", ante las contradicciones de su testimonio y lo "poco creíble" de los métodos que atribuía a los wahabistas.

La sentencia inicial de la Audiencia Nacional razonaba que el Cáucaso Norte es "una de las zonas del planeta donde es más activo e impune el tráfico de armas", por lo que no entendían que los wahabistas —ligados a la corriente del islam a la que pertenecía Bin Laden, según este fallo—, insistieran, al resultarles fácil conseguir estos materiales por otras vías, sin necesidad de insistir.

El solicitante describía también que al denunciar la corrupción de las autoridades, ya desde el partido, la persecución pasó a ser de tipo estatal —a manos ya de la Policía, que lo arrestó y golpeó—, incidiendo la respuesta en que esta procedía de los fundamentalistas, de modo que su actividad política fue "poco concluyente" para que la sufriera.

La sentencia veía estas insinuaciones como "carentes de sentido" y enmarcadas en la "retórica y tópicos de la zona, tan amante de las teorías del complot", pues considera, al contrario, que las autoridades rusas no son "inactivas" frente al islamismo radical, sino al contrario, incluso incurriendo en excesos contra las libertades.

Se cuestionaba, por ejemplo, incluso su actividad empresarial, de la que sólo probó un título académico, pero no de la firma de la que era dueño.

De su militancia política, se hacía hincapié en lo breve que fue, y lo "poco creíble" que era que lo dijera, pues en la zona hay un escaso grado de activismo y compromiso político. La agresión policial, siendo "deleznable", no fue una persecución política.

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