Medio Cudeyo legalizó la obra en un criadero de perros con una licencia para perrera particular

El Ayuntamiento no comprobó si las instalaciones, con cabida para hasta 78 animales, se correspondían con lo solicitado

El Ayuntamiento de Medio Cudeyo legalizó la obra en un criadero de perros con capacidad de entre 20 y 78 animales concediendo una licencia para perrera de uso particular y sin comprobar si lo que se había pedido correspondía con lo que realmente existía.

Así lo recoge una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), en la que confirma la anulación de la licencia de actividad concedida por el Ayuntamiento de Medio Cudeyo, que fue denunciada por el Partido Popular.

Los años 2008 y 2009, el Ayuntamiento, entonces gobernado por el regionalista Juan José Perojo, aprobó tanto la licencia de actividad como la de obra de instalación de la perrera, en una decisión que llevaron a los tribunales el Grupo Popular y la actual alcaldesa, entonces portavoz de la oposición, María Antonia Cortabitarte.

Se considera que la perrera no era de uso particular, sino de grandes dimensiones (de 20 a 78 animales), lo que suponía que se trataba de una actividad de perrera y criadero que requería inspección previa por parte del Ayuntamiento y un trámite de actividad clasificada.

Algo que no se hizo, si no que, al contrario, según argumentan los fallos judiciales, lo que se ejecutó fue la legalización de una obra ya iniciada y sin licencia..

Los propietarios alegaron que solicitaron una licencia de actividad de uso particular, y descartaban que el Ayuntamiento tuviera que inspeccionarles, pues era una perrera particular.

Pero los vecinos criticaron las molestias que les provocaba que, en realidad, fuera una perrera de grandes dimensiones y capacidad (entre 20 y 78 animales).

En la sentencia se establece que la cría de perros a partir de 20 y en una zona urbana residencial como fue este caso, no se correspondía con la actividad para la que se le otorgó la licencia.

Y se relata como se comprobó que incumplía normativas como la de actividad molesta, de convivencia ciudadana, protección de animales o sanidad animal, pero tampoco las de los criaderos de animales, lo que, en la práctica, era.

Y se constató que no se emitió el informe previo, necesario antes de darle la licencia, ni que se comprobó que lo pedido se correspondiera efectivamente con la realidad.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Santander ya le dio la razón al PP, en un fallo que fue recurrido y que confirma ahora el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

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