Los promotores de viviendas nuevas ya no podrán trasladar a los compradores el coste de la plusvalía. El Tribunal Supremo la ha declarado nula, también con carácter retroactivo, por "abusiva".
Es más, el Supremo considera que son los promotores quienes deben pagar el coste de la plusvalía, el impuesto sobre el incremento de valor de terrenos urbanos.
De la sentencia ha dado noticia la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), que ya advirtió en 2005 de la inclusión de estas cláusulas en el 44% de los contratos de vivienda. Un año después, la Ley 44/2006 prohibió de manera expresa que los compradores de vivienda tuvieran que pagar impuestos que legalmente correspondían a los promotores.
Sin embargo, los vendedores de promociones de viviendas nuevas siguieron obligando a los compradores a sufragar estos gastos. El Supremo aclara ahora está situación declarando "abusiva" esta cláusula, incluso aunque se hubiera pactado antes de la entrada en vigor de la ley del año 2006.
Reclamar este y otros gastos
Ante esta situación, CECU anima a los compradores de vivienda a que comprueben los gastos repercutidos por sus inmobiliarias en el momento de la compra, ya que, además de reclamar las plusvalías, también pueden reclamar otros gastos, como los de constitución o cancelación de préstamos hipotecarios destinados a financiar la construcción, entre otros.
Además, la reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que la reclamación pueda ser tramitada por la vía judicial sin gastos de abogado ni procurador si es inferior a 2.000 euros, como sucede en muchos de estos supuestos.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios