El ICAV garantiza el servicio de Turno de Oficio en los juzgados

El Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) garantiza la prestación de Asistencia Jurídica Gratuita con la asistencia de diez Coordinadores de Guardia que atenderán los requerimientos de los ciudadanos. De esta forma, los abogados que prestan el servicio de Turno de Oficio "estarán disponibles durante 24 horas en los juzgados de Valencia y los centros de detención", según ha informado la entidad colegial en un comunicado.

El Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) garantiza la prestación de Asistencia Jurídica Gratuita con la asistencia de diez Coordinadores de Guardia que atenderán los requerimientos de los ciudadanos. De esta forma, los abogados que prestan el servicio de Turno de Oficio "estarán disponibles durante 24 horas en los juzgados de Valencia y los centros de detención", según ha informado la entidad colegial en un comunicado.

Esta medida responde al "convencimiento" del ICAV de "garantizar el derecho de asistencia jurídica gratuita a todos los ciudadanos, ante la imposición, en lugar del diálogo, y la aprobación de la Orden 2/2012 de 17 de enero por parte de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social".

Según la entidad, "la Junta de Gobierno del ICAV se ha adherido, al igual que el resto de Colegios profesionales de la Comunitat Valenciana, al recurso contencioso administrativo interpuesto por el Consejo Autonómico contra la Orden 2/2012" y ha instado a este órgano a que solicite "como medida cautelar" la suspensión de esa Orden mientras se sustancia el recurso.

Los Servicios de Orientación Jurídica que se han suspendido durante este mes de febrero son el SOJ de Registro Civil de Valencia, el SOJ de Inmigración, el SOJ de Dependencia, el SOJ Penitenciario y el servicio 'Cárcel' en el Centro Penitenciario de Picassent.

Además, se ha "restringido" la prestación del servicio del SOJ General en la Ciudad de la Justicia de Valencia —que será atendido por dos abogados de lunes a jueves— y se ha suspendido la atención de los abogados en los Puntos de Encuentro Familiar, que no son objeto de convenio entre el Colegio y Ayuntamientos.

El ICAV ha incidido en que esta medida de garantizar el servicio "se adopta para garantizar una asistencia que es un derecho fundamental de los ciudadanos con menos recursos, y es prestada por abogados por mandato expreso de la Constitución Española, siempre con unas condiciones de trabajo dignas y en igualdad de condiciones que otros colectivos profesionales".

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