Las inscripciones en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía aumentan un 22% en 2011

Las inscripciones realizadas en el Registro de Parejas de Hecho en Andalucía, dependiente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, han aumentado un 22 por ciento hasta el 18 de diciembre de 2011 con respecto a la misma fecha del año anterior, al pasar de 5.112 a 6.237 altas, alcanzando ya las más 28.400 parejas registradas.

Las inscripciones realizadas en el Registro de Parejas de Hecho en Andalucía, dependiente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, han aumentado un 22 por ciento hasta el 18 de diciembre de 2011 con respecto a la misma fecha del año anterior, al pasar de 5.112 a 6.237 altas, alcanzando ya las más 28.400 parejas registradas.

Con estos datos las inscripciones de parejas en el Registro andaluz han experimentado un crecimiento del 340,46 por ciento desde 2005, año en el que se aprobó el decreto que unificó este servicio en la Comunidad Autónoma al aglutinar todos los registros que hasta entonces funcionaban por separado en ayuntamientos y Administración andaluza.

Del total de parejas que se registraron en 2011, el 53,05 por ciento ha realizado los trámites de inscripción a través de los ayuntamientos andaluces y el 46,95 por ciento restante lo hizo directamente en las delegaciones provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, según ha informado el departamento que dirige Micaela Navarro en una nota.

Por provincias, se registraron 444 parejas de hecho en Almería, 1.082 en Cádiz, 541 en Córdoba, 749 en Granada, 360 en Huelva, 417 en Jaén, 1.213 en Málaga y 1.431 en Sevilla. Tras las altas registradas durante 2011, se mantienen inscritas en el Registro de la comunidad autónoma de Andalucía un total de 28.424 parejas.

Con la inscripción en el Registro, se puede acceder a los beneficios previstos en la Ley de Parejas de Hecho de Andalucía de 2002. Así, en materia de protección de menores esta norma establece la posibilidad de constituir acogimientos familiares, simples o permanentes, por parejas de hecho, sin discriminación alguna por opción sexual. Asimismo, las parejas de hecho pueden solicitar el acceso conjunto en centros residenciales para personas mayores, así como ejercer el derecho que la legislación sanitaria reconoce a los familiares.

Además, en la adjudicación de viviendas de la Administración andaluza se equiparan al matrimonio, una igualación que también se refleja en los ámbitos tributarios y fiscales a nivel autonómico, así como en lo relativo a permisos y vacaciones.

Tras las modificaciones introducidas por la Ley estatal 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, se reconoce también el derecho a la pensión de viudedad a las parejas de hecho que lo acrediten mediante el correspondiente certificado de los registros específicos de las comunidades autónomas, cuando esta inscripción se haya producido con una antelación mínima de dos años con respecto a la fecha de fallecimiento.

Por último, la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social recuerda que para realizar la inscripción en el registro es necesario que uno de los miembros tenga residencia en Andalucía. Este registro es único, aunque su gestión está descentralizada a través de los ayuntamientos y las delegaciones provinciales de la Consejería.

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