Aragón tendrá 8 festivos de apertura comercial en 2012

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado la orden del Departamento de Economía y Empleo, por la que se determinan los días de apertura autorizados en domingos y festivos para los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón durante 2012.
Gente comprando en comercios
Gente comprando en comercios
EUROPA PRESS
Gente comprando en comercios

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado la orden del Departamento de Economía y Empleo, por la que se determinan los días de apertura autorizados en domingos y festivos para los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón durante 2012.

De esta forma, Aragón tendrá el próximo año 8 festivos de apertura comercial, el mínimo permitido por la legislación. Serán los siguientes días: 2 de enero, 6 de mayo, 1 de julio, 2 de septiembre, 1 de noviembre, 8 de diciembre, 16 de diciembre y 23 de diciembre.

Los ayuntamientos, para todo el comercio ubicado en su término municipal, podrán sustituir, del total de las fechas establecidas, hasta dos de las fechas establecidas para 2012 cumpliendo los siguientes requisitos: comunicar a la Dirección General de Comercio y Artesanía, las festividades cuya sustitución se propone con una antelación mínima de 15 días a cada una de ellas y, siempre antes del 31 de marzo del año 2012; y el ayuntamiento correspondiente deberá hacer pública, en su caso, la sustitución de los días festivos.

Como en el resto del territorio nacional, tendrán plena libertad de apertura y horario los establecimientos con régimen especial. Son los que se dedican principalmente a la venta de: pastelería y repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, floristerías y plantas, las denominadas tiendas de conveniencia, los instalados en puntos fronterizos, en estaciones y medios de transporte terrestre.

También, los ubicados en zonas de gran afluencia turística y municipios turísticos de carácter comercial, y los establecimientos de reducida dimensión, distintos de los anteriores que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 metros cuadrados, excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pequeña y mediana empresa según la normativa vigente o que operen bajo el mismo nombre comercial de dichos grupos o empresas.

Para la elección de los festivos de apertura comercial, el Departamento de Economía y Empleo ha mantenido contactos con las Cámaras de Comercio e Industria de Aragón, las confederaciones de empresarios, las federaciones y asociaciones de empresarios de comercio, asociaciones de consumidores y organizaciones sindicales más representativas, así como las empresas de distribución comercial de diferente entidad y sectores.

También se han tenido en cuenta los derechos de los consumidores y usuarios, los derechos laborales de los trabajadores y los intereses de los empresarios del sector.

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