Cultura afirma que la suspensión de los dos edificios restantes de la Cidade da Cultura permitirá ahorrar 72 millones

La Consellería de Cultura ha asegurado este viernes que la suspensión temporal de las obras del Centro de Música y Artes Escénicas y del Centro de Arte Internacional de la Cidade da Cultura --los dos edificios que restan para concluir el proyecto-- permitirá ahorrar más de 72 millones de euros a lo largo de los tres años de aplazamiento acordados con las empresas constructoras.
Cidade Da Cultura
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CIDADE DA CULTURA
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La Consellería de Cultura ha asegurado este viernes que la suspensión temporal de las obras del Centro de Música y Artes Escénicas y del Centro de Arte Internacional de la Cidade da Cultura —los dos edificios que restan para concluir el proyecto— permitirá ahorrar más de 72 millones de euros a lo largo de los tres años de aplazamiento acordados con las empresas constructoras.

En la planificación de los gastos de la Fundación Cidade da Cultura serían necesarias actuaciones por valor de 35,15 millones de euros para la construcción del Centro de la Música y de 32,07 millones para el Centro de Arte Internacional, así como de 5,59 millones para las obras de la segunda fase de reurbanizacion del complejo.

Los costes de la suspensión, por su parte, serán, 150.907,98 euros por actuaciones derivadas de la suspensión —retirada de materiales, almacén, etc.— y 5.382,59 euros de coste mensual por mantenimiento de la obra durante el periodo de suspensión.

Además, se abonarán 102.935,50 euros en concepto de abonos a cuenta por actuaciones derivadas de la suspensión, que serán recuperables si en 2014 se adopta la decisión de seguir con las obras, puesto que esta partida corresponde a una cantidad en concepto de 'adelanto de obra'.

El acuerdo de suspensión temporal de estas obras incluye la renuncia por parte de las empresas constructoras a ejercitar cualquier posible indemnización a la que pudiesen tener derecho. En concreto, se renuncia expresamente a la indemnización del seis por ciento en concepto de beneficio industrial, a las indemnizaciones en concepto de daños y pérdidas, a las compensaciones o intereses de demora y a cualquier otra indemnización.

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