Ya no hay que presentar fotocopias del DNI en la Administración

Desde hoy entran en vigor los dos reales decretos del Ministerio de la Presidencia según los cuales los ciudadanos ya no tendrán obligación de presentar ni fotocopias del DNI ni el certificado de empadronamiento en sus trámites con la Administración.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de abril un real decreto por el que se suprime la exigencia de adjuntar la fotocopia del DNI a cualquier escrito, comunicación o formulario que haya que presentar en los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado, así como por los organismos que dependen de ella.

Esta medida, que simplificará la vida a los ciudadanos, supondrá la eliminación progresiva en los próximos años de los más de cuatro millones de fotocopias del DNI que se aportan anualmente, según el Gobierno.

Actualmente, los trámites de la Administración General del Estado con más demanda de fotocopia de DNI son todos los de iniciación y los relacionados con Tráfico.

El volante de empadronamiento desaparece

El otro real decreto, que también entra en vigor hoy, es el que suprime la exigencia de presentar el certificado de empadronamiento como documento que pruebe el domicilio y la residencia del interesado.

Esta medida, beneficiará, entre otros casos, a extranjeros con residencia en España, que tampoco tendrán que presentar la fotocopia de su documento acreditativo correspondiente.

Además, se comprobará, de oficio, el domicilio de los solicitantes, con lo que se suprimirán 3,5 millones de documentos en papel anuales.

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