Es fiscal mantiene sus acusaciones contra Rodríguez Miranda y critica las "interpretaciones absurdas" de las normas

La Fiscalía Anticorrupción mantiene sus acusaciones contra el ex asesor jurídico del Ayuntamiento de Andratx, Jacobo Rodríguez Miranda, por haber informado en 2005 a favor de una licencia para la construcción de una piscina en terreno protegido junto a un chalet levantado de forma ilegal, y critica que en el marco de estos hechos se hayan realizado "interpretaciones absurdas" de la normativa urbanística a fin de conceder la autorización "por motivos puramente especulativos".

La Fiscalía Anticorrupción mantiene sus acusaciones contra el ex asesor jurídico del Ayuntamiento de Andratx, Jacobo Rodríguez Miranda, por haber informado en 2005 a favor de una licencia para la construcción de una piscina en terreno protegido junto a un chalet levantado de forma ilegal, y critica que en el marco de estos hechos se hayan realizado "interpretaciones absurdas" de la normativa urbanística a fin de conceder la autorización "por motivos puramente especulativos".

Así lo ha puesto de manifiesto el fiscal Pedro Horrach durante la exposición de su informe final en el juicio que se ha celebrado por la pieza número 49 del caso Andratx, en la que también se han sentado en el banquillo el promotor Francisco Xamena y el ex técnico del Consistorio, Jaime Brunet, quienes han pactado con las acusaciones una pena de seis meses de prisión a sustituir por una multa de 1.080 euros. Mientras tanto, Rodríguez Miranda se enfrenta a una petición de seis meses de prisión por parte de la Fiscalía y de un año por parte de la acusación particular, en nombre del Ayuntamiento.

En su intervención, Horrach ha aseverado que debido a los "incumplimientos flagrantes" de la Ley "estamos donde estamos" y es por ello que se "pervierte la lógica" de las normas urbanísticas y se produce un "torcimiento constante" de éstas. Tal y como ha manifestado, la vivienda junto a la cual fue construida la piscina se encuentra fuera de toda ordenación, de modo que la licencia "no debería haberse otorgado".

El representante del Ministerio Público ha aludido a una sentencia del Tribunal Supremo que determina que se incurre en un delito de prevaricación urbanística cuando se omiten trámites esenciales en la tramitación de una licencia y se produce una conculcación "flagrante de la normativa". "Y en este caso concurren los dos aspectos", ha apuntado.

Por su parte, la letrada de la acusación particular, Isabel Fluxà, ha aseverado que la licencia otorgada para la piscina "fue dada porque sí", manifestando que éste había sido uno de los 'modus operandi' en el Ayuntamiento. A su juicio, ha quedado "sobradamente claro" que los técnicos, en referencia a Brunet -quien previamente a Rodríguez Miranda también emitió un informe favorable a la licencia- decidían sin ajustarse al plan territorial. "¿Para qué, si ya gobernaban ellos mismos?", ha añadido la abogada para reforzar su exposición. (

Habrá ampliación)

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