Los niños menores de 3 años no podrán ser acogidos en centros de protección, sino por familias

  • El Gobierno aprueba el anteproyecto de Ley de protección de la Infancia.
  • La norma suprime el acogimiento provisional y el preadoptivo.
  • Permite la adopción de mayores de 18 años en situación de acogida.
  • Regula los centros para menores con trastornos de conducta.
  • REPORTAJE: De profesión, madre de acogida
María José juega con un bebé, el quinto que acoge en su casa en año y medio.
María José juega con un bebé, el quinto que acoge en su casa en año y medio.
JORGE PARÍS
María José juega con un bebé, el quinto que acoge en su casa en año y medio.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de Ley de Protección de la Infancia que prohíbe expresamente que los menores de 3 años ingresen en centros de protección. El objetivo de la nueva normativa es simplificar y mejorar los mecanismos de acogida y adopción y potenciar el acogimiento familiar de menores en situación de desamparo, frente a su ingreso en centros tutelares.

En declaraciones tras el Consejo de Ministros, Alfredo Pérez-Rubalcaba, ha asegurado que el objetivo de esta reforma es "garantizar y reforzar la protección jurídica del menor" en cualquier situación y evitar "casos de desamparo". "Queremos facilitar la adopción y simplificar la acogida de menores y también de los que superen los 18 años", declaró el vicepresidente del Gobierno, momentos antes de anunciar que abandonaba el Gobierno para presentarse a las elecciones generales del año que viene.

El anteproyecto de ley recoge las recomendaciones de la comisión especial del Senado que en los últimos dos años ha analizado los problemas de la adopción nacional. En noviembre pasado, esta comisión aprobó por unanimidad 71 propuestas que han servido para elaborar el anteproyecto de ley.

El documento también ha tenido en cuenta las aportaciones de las Comunidades Autónomas -a quienes directamente corresponden las competencias en esta materia-, Defensor de Pueblo, Fiscalía General del Estado, Comité de Derechos del Niño, expertos y organizaciones de defensa de la infancia. Entre otras cosas, la nueva legislación unifica los procedimientos y normativas para todas las Comunidades Autónomas, de manera que facilita la coordinación y control de actuaciones en materia de protección a la infancia.

Esta Ley fue uno de los compromisos adquiridos por Leire Pajín tras su toma de posesión como ministra. El texto legislativo visto en Consejo de Ministros implica la reforma del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley de Protección Jurídica del Menor, de 1996.

El Gobierno pretende mejorar la protección de los menores en nuestro país, evitar situaciones de desamparo y potenciar la acogida familiar frente a su ingreso en centros de acogida, especialmente para los menores de 6 años. Es más, el anteproyecto establece expresamente que los menores de 3 años no ingresarán en los centros de protección, salvo que exista imposibilidad muy justificada.

Tanto el Gobierno como los organismos e instituciones relacionados con la protección a los menores consideran que el entorno familiar es el ambiente más favorable para el desarrollo de menores en situación de desamparo.

Acortar los procedimientos

Respecto del acogimiento familiar, el anteproyecto suprime el acogimiento provisional y el preadoptivo, con el objetivo de simplificar y acortar los procedimientos. Ahora sólo se podrá acoger o adoptar.

Esta reforma posibilita que las entidades públicas atribuyan funciones de tutela a acogedores permanentes para dotar de más autonomía a la familia acogedora. También se establece un régimen de derechos y deberes de los acogedores.

Con relación a la adopción, además de suprimir el acogimiento preadoptivo, se acorta el periodo previo establecido para la presentación de la propuesta de adopción ante el juez (pasa de un año a tres meses).

Además, se posibilita la adopción de mayores de 18 años en los casos en los que estén previamente en situación de acogida familiar (ahora sólo es posible si el acogimiento se produce antes de los 14 años) o convivencia estable (normalmente con un familiar).

Acortar los procedimientos

Respecto a la mejora en la regulación de las actuaciones de prevención, se desarrollan nuevos mecanismos para actuar ante situaciones de riesgo, mediante programas que permitan mantener a los niños y niñas en su entorno familiar.

Una novedad importante en materia de derechos fundamentales es la no discriminación por discapacidad en el derecho del menor a ser oído.

También se regula la exigencia de estándares de calidad para cada tipo de servicio de protección a la infancia (centros, hogares funcionales, etc.).

En primer lugar, el anteproyecto pretende que todos los procedimientos contra las resoluciones administrativas referentes a cada menor se acumulen en el mismo juzgado. En segundo lugar, se imposibilita la ejecución provisional de sentencias que se dicten en primera instancia. De esta manera se evitan constantes cambios de situaciones y residencia del menor, que originan graves consecuencias emocionales a los niños y niñas.

Menores con trastorno de conducta

El anteproyecto regula también los centros para menores con trastorno de conducta, sobre cuyas prácticas de medicación y de atención han surgido numerosas denucias recientemente. Menores que no han cometido delitos, pero que persisten en conductas que afectan gravemente a los demás, en sus diferentes ámbitos de existencia.

El anteproyecto aborda por primera vez las características de estos centros y establece una serie de garantías: necesidad de diagnóstico previo y autorización judicial para el ingreso en los centros que utilicen medidas de contención y restricción de libertad, la limitación en la administración de medicamentos, e intensificación de la actuación de los servicios de inspección y supervisión.

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