La nueva Ley de Seguridad Alimentaria: normas para atajar la comida basura en los colegios

Jóvenes realizando un examen en un colegio.
Jóvenes realizando un examen en un colegio.
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Jóvenes realizando un examen en un colegio.

El Congreso ha aprobado este jueves definitivamente la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Esta nueva norma prohíbe la venta de alimentos y bebidas con alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares.

La nueva ley obliga también a los centros escolares a elaborar menús especiales para celíacos (intolerancia al gluten) al incorporarse una enmienda procedente del Senado, entre otras cosas.

Seguridad, menores y colegios

  • Se garantiza la seguridad alimentaria a lo largo de toda la cadena alimentaria, es decir, "desde la granja hasta la mesa".
  • Se prohíbe la venta de alimentos y bebidas con alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares en las escuelas infantiles y centros escolares. Estos contenidos se establecerán mediante un reglamento.
  • Los colegios deberán ofrecer menús infantiles que respondan a un correcto equilibrio nutricional y menús especiales para celíacos (intolerancia al gluten).
  • Se declaran los centros escolares como espacios protegidos de la publicidad.
  • Las empresas alimentarias deberán realizar registros que permitan a la Administración comprobar fácilmente el contenido de ácidos grasos trans en sus productos.
  • Se elaborará una Estrategia de la nutrición, actividad física y prevención de la obesidad (NAOS), que priorizará las medidas dirigidas a la infancia, adolescencia y mujeres gestantes    - Se creará un Observatorio de la Nutrición y de Estudio de la Obesidad, con el objetivo de disponer de información precisa sobre la realidad existente.
  • Se prohíbe cualquier discriminación directa o indirecta por razón de sobrepeso u obesidad.
  • Los centros que atiendan a personas dependientes y con necesidades especiales deberán fomentar hábitos alimentarios saludables.

Regulación de la publicidad

  • Se prohíbe la aportación de testimonios de profesionales o científicos, reales o ficticios, o de pacientes reales o supuestos como medio de inducción al consumo en la publicidad de alimentos.
  • Se regula la publicidad de alimentos destinados a los menores de 15 años.
  • Se establecen los requisitos que deberán reunir los alimentos y piensos que se pongan en el mercado para considerarse seguros.
  • Se fija el requisito ineludible de que los operadores económicos no podrán poner en el mercado productos que no sean seguros.

Nuevas medidas de control y organismos

  • El control en la frontera a la importación de alimentos y piensos es uno de los elementos clave para garantizar la seguridad alimentaria.
  • Se establecerá un Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria, que tendrá carácter bianual.
  • El Estado, las CC AA y las entidades locales podrán concertar acuerdos para la creación de órganos mixtos de control o inspección, o para el establecimiento de otras fórmulas de cooperación.
  • La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición desarrollará un Sistema de Información como instrumento de coordinación e intercambio de datos entre entidades profesionales, investigadores y administraciones públicas.
  • Se establecerán cauces de apoyo y cooperación científico-técnicas para llevar a cabo la evaluación del riesgo.
  • Se creará una Red de Laboratorios de Seguridad Alimentaria, de la que formarán parte centros públicos o privados que participen en trabajos de control designados por las CC AA o por el Gobierno central.
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