La ley impide a los condenados a inhabilitación presentarse a las elecciones aunque la sentencia no sea firme

A los condenados por delitos contra la Administración del Estado, como es el caso de la prevaricación
'Kyk Y Muguruza
'Kyk Y Muguruza
EUROPA PRESS
'Kyk Y Muguruza

La última reforma de la Ley Electoral impide a los condenados a inhabilitación por delitos contra la Administración del Estado participar en elecciones, aunque la sentencia no sea firme.

En esa situación se encontrarían el alcalde de Castro Urdiales, el ex regionalista declarado tránsfuga Fernando Muguruza; y el concejal de Hacienda, el ex 'popular' José Miguel Rodríguez López, 'KyK', condenados a siete años y medio de inhabilitación por la adjudicación directa y sin contrato de las obras del túnel de Mioño a la empresa del hermano de uno de los concejales.

La sentencia no es firme y se ha conocido este jueves. La Junta Electoral deliberará esta tarde al respecto y se pronunciará este viernes, justo el día en que finaliza la campaña electoral, en la que los dos condenados concurren con un partido de nueva creación, ACAI (Alternativa Castreña Independiente), encabezado por 'KyK' y con Muguruza como número 2.

El pasado 26 de enero, el Congreso de los Diputados aprobó la reforma de la ley electoral suscrita por PSOE y PP, con el objetivo principal de evitar el acceso de Batasuna y sus herederos a las vías de acceso a las instituciones democráticas.

El texto original incluyó algunas enmiendas, entre ellas, una de UPyD, para impedir que se presenten a las elecciones los condenados a inhabilitación, aunque no sea por sentencia firme.

Y se centraba en "delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las instituciones cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal".

Según distintas fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, la prevaricación, por la que se ha condenado a Muguruza y Rodríguez López, se enmarca dentro de los delitos contra la Administración Pública.

En concreto, el artículo 404 y siguientes del Código Penal establecen que la prevaricación es un delito contra la Administración Público, lo que hace que la sentencia contra Muguruza y 'KyK' encaje con la última reforma de la Ley Electoral, además de, por otra parte, imponerles el cese de sus cargos.

No obstante, existen distintas interpretaciones en el mundo jurídico sobre la firmeza o no de la sentencia, o la posibilidad de presentarse recursos, motivo por el cual la Junta Electoral de la zona se reunirá para estudiar la sentencia y pronunciarse este viernes, justo cuando finaliza la campaña electoral.

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