El juez suspende el pago de Endesa de siete millones de euros al Ayuntamiento

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Huelva ha iniciado medidas cautelares de suspensión del pago de la compañía Endesa al Ayuntamiento de Huelva a través del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y de la tasa de prestación de servicios de 7,09 millones de euros, correspondientes a la construcción de un grupo de ciclo combinado de gas natural en los terrenos de la central térmica Cristóbal Colón.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Huelva ha iniciado medidas cautelares de suspensión del pago de la compañía Endesa al Ayuntamiento de Huelva a través del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y de la tasa de prestación de servicios de 7,09 millones de euros, correspondientes a la construcción de un grupo de ciclo combinado de gas natural en los terrenos de la central térmica Cristóbal Colón.

Este auto judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, es independiente de la sentencia firme que dictó en marzo de 2010 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que condenó al Ayuntamiento de Huelva al pago de 1,3 millones de euros a la compañía Endesa en concepto de indemnización de daños y prejuicios por la demora de seis meses —desde el mes de octubre de 2003 al mes de marzo de 2004 inclusive— en conceder de nuevo la licencia de obras a la central de Endesa de ciclo combinado.

Cuando se notificó esta sentencia, el alcalde de Huelva, Pedro Rodríguez (PP), aseguró que el Ayuntamiento de la ciudad "ya estaba negociando" el pago de 1,3 millones de euros a la compañía Endesa, después de que la sentencia TSJA condenara al consistorio al abono de esta cantidad en concepto de indemnización de daños y prejuicios. No obstante, el primer edil indicó que este pago "no supondrá un coste ni para los ciudadanos ni para el Ayuntamiento, ya que el pago se va a compensar con la licencia de obras y actividad de la compañía".

El tribunal consideró que, "habiéndose acreditado plenamente que las facturas se corresponden a los meses de diciembre de 2003 a marzo de 2004 y también que se trata de obra civil a la central de Endesa, obra que en su momento no fue aprovechable, el deber de abonar las cantidades por la referida cancelación del contrato civil resulta innegable". Según la Sala, "al fin y al cabo, el retraso en la concesión de la licencia evidencia la producción de estos daños en la cuantía fijada".

Pues bien, en este nuevo auto, el juez ha iniciado medidas cautelares de suspensión del pago de los impuestos que Endesa tendría que pagar al Ayuntamiento en concepto de ICIO y tasa por prestación de servicios urbanísticos.

Este mismo auto asegura que contra este acuerdo cabe interponer un recurso de apelación, indicando además que en esta impugnación, que incluye liquidaciones por ICIO y tasas urbanísticas, "no se aprecia posible perturbación grave ni para la Administración local ni para ningún tercero".

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