43.000 discapacitados pueden optar a ayudas para la accesibilidad

El Ayuntamiento las destinará tanto a individuos como a comunidades de vecinos. Por un máximo de 2.400 euros.
Las personas mayores de 65 años que tengan movilidad reducida y aquellas de cualquier edad que posean un 40% de minusvalía podrán solicitar la partida de subvenciones de hasta 2.400 euros que ofrece el Ayuntamiento para mejorar la accesibilidad. Y también las comunidades de propietarios en las que residen las personas con estas características podrán pedir la ayuda.Las beneficiarios de esta iniciativa (para la que se destinarán 30.000 euros) recibirán un máximo de 2.400 euros cada una. Y el importe no podrá exceder el 90% del presupuesto presentado por cada ciudadano.

Subvenciones

Por orden de llegada: Las subvenciones se concederán a los primeros que la presenten.

¿Para qué?: Abarcan actuaciones muy diversas (sillas de ruedas, rampas de acceso y otros elementos de ayuda para la comunidad de vecinos...). Precisamente, rampas o ascensores en los edificios que no tienen es lo que más demandan, según Joaquín Fernández, presidente de la Federación Malagueña de Discapacitados. Es más, Fernández cree que todo lo que las administraciones puedan ayudar a este colectivo «es bueno y muy beneficioso para mejorar las necesidades a las que tiene que hacer frente».

Beneficiarios: Fernández considera que este tipo de iniciativas «paliarán y mejorarán los problemas de accesibilidad de las personas con estas características, que son 43.000 en la capital malagueña».

Condiciones: Por otro lado, los perceptores de subvenciones con cargo a esta convocatoria están obligados a justificar el cien por cien del coste de ejecución del proyecto de accesibilidad en todos los casos.

En 2007 se prevé continuar este proyecto si la respuesta que obtenga esta iniciativa entre el colectivo de discapacitados es buena.

Requisitos para recibir las ayudas

Plazo: A lo largo de todo el año 2006.

Documentación: Los particulares tendrán que entregar en la sede de Bienestar Social (avenida de la Aurora, 55) la solicitud oficial, DNI, certificado acreditativo del tipo de minusvalía, las funciones a las que irá destinada la ayuda y los datos bancarios. Además, los presidentes de las comunidades de propietarios deberán presentar el último balance de cuentas.

No podrán recibirla: Las personas que no puedan percibir subvenciones mediante sentencia firme, las que no se encuentren al corriente de pago en la Seguridad Social y las que tengan la residencia oficial en un territorio calificado como paraíso fiscal.

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