El cursillo de conocimientos básicos para propietarios de perros es una de las incógnitas que más preocupa a los ciudadanos. "Únicamente los futuros propietarios deberán realizarlo", aclaran desde la RSCE. "Será gratuito y preferiblemente online". No obstante, la ley, que se encuentra en desarrollo reglamentario, no concreta aún los procedimientos para realizar el curso. "Sí deja claro que la administración pondrá facilidades para hacerlo online o presencial y que, una vez el propietario tenga este curso, tendrá validez indefinida.
Otro de los asuntos de los que más se ha hablado es el seguro de responsabilidad civil obligatorio para todos los perros. "Por el momento, mientras no se desarrolle el pertinente reglamento, no es obligatorio, salvo en las comunidades autónomas donde la normativa lo recoge a fecha de hoy: País Vasco y Madrid", aclaran. "En el resto de España, solo es obligatorio el seguro para aquellos dueños de perros potencialmente peligrosos (PPP), una categoría que la ley sigue manteniendo, aunque cambia la denominación por 'perros de manejo especial', buscando eliminar el estigma sobre dichas razas".
Otra duda relacionada con el seguro de responsabilidad civil es si necesitamos contratar un seguro por cada perro que tengamos bajo nuestro cuidado. "Se trata de un seguro por propietario, no por perro", aclaran desde la RSCE. "Es el propietario quien responde ante cualquier daño que puedan ocasionar sus perros". En este sentido, la sociedad recuerda que "este tipo de accidentes son más habituales de lo que pensamos en la vida cotidiana". "Una correa que se enrolla entre las piernas de un paseante y provoca una caída, por ejemplo."
Desde la RSCE recomiendan revisar las pólizas del hogar, ya que normalmente éstas incluyen también el seguro de responsabilidad civil. "En la mayoría de los casos ofrecen coberturas suficientes", afirman. "Además, aconsejamos estar atentos ante la picaresca de ciertas aseguradoras que tratan de vender pólizas innecesarias".
La nueva normativa estatal incluye también nuevas prohibiciones, como la tenencia máxima de cinco animales de compañía por vivienda (pudiendo solicitar una ampliación en casos especiales). Además, por primera vez, "la ley reconoce la figura del criador en domicilio, aunque este punto está pendiente de la redacción de su reglamento", añaden desde la RSCE.
"Esta es una de las preguntas estrella sobre la Ley de Bienestar Animal", aseguran desde la RSCE. "Ante todo, debe imperar el sentido común y el texto legal es claro, dejar perros u otras mascotas atadas en la puerta de un establecimiento se considerará infracción leve y conlleva multa, siempre que no haya una vigilancia presencial, es decir, si tenemos a nuestro perro a la vista en todo momento no habrá problema".
Con la intención de minimizar situaciones como la anterior mencionada, la ley tiene como propósito normalizar el acceso de perros a los espacios y transportes públicos, incluidos comercios y tiendas. Aunque esto es algo que está supeditado a otras ordenanzas o normativas específicas de cada lugar, tal y como explica la RSCE.
Otro de los puntos importantes que contiene la nueva normativa estatal y que afecta directamente a los tutores de perros y gatos es el tiempo que pueden dejar solos a sus animales de compañía. "La ley establece que los perros no pueden estar solos más de 24 horas para garantizar su bienestar", afirman desde la RSCE. No obstante, debemos saber que en el caso de los gatos y otros animales de compañía ese tiempo máximo se extiende a tres días consecutivos.
Por último, el tema de la esterilización es también otro de los asuntos que preocupa mucho a los tutores y que ha provocado muchas dudas, dado que se prohibido la tenencia de gatos mayores de seis meses sin estar esterilizados (excepto aquellos registrados como reproductores y dedicados a la cría de forma legal). En el caso de los perros "no habrá esterilización obligatoria, con la única excepción de aquellos que procedan de protectoras o cualquier otro medio en el canal de adopción", concluyen desde la RSCE.