Hoy entra en vigor la Ley Antidopaje

  • Recoge penas de cárcel de seis meses a dos años.
  • Fue aprobada mayoritariamente hace tres meses.
  • Entre las novedades más significativas, los controles por sorpresa, la inspección de botiquines médicos y sanciones a equipos y clubes.

La Ley Orgánica 'De protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje' entrará en vigor hoy, después de cumplirse ayer tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y permitirá que los inductores puedan cumplir penas de cárcel de seis meses a dos años.

La nueva norma, aprobada mayoritariamente en Cortes el pasado 2 de noviembre, abunda en la prevención y la protección de la salud de deportistas y ciudadanos e incluye como novedades los controles por sorpresa, aunque fuera de las horas de descanso nocturno, y la inspección de botiquines médicos.

La normativa pretende una absoluta confidencialidad en los procesos; contempla la extinción parcial de la responsabilidad en caso de "colaboración" con las autoridades y reduce los plazos para resolver los expedientes, de forma que las federaciones tendrán que hacerlo en un plazo de dos meses.

La revisión de las sanciones se hará mediante arbitraje ante una sección específica del Comité Español de Disciplina Deportiva (CEDD) en un plazo de un mes y las resoluciones de éste agotan la vía administrativa.

Con la nueva ley se crea la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje, órgano que concretará los análisis a realizar y las competiciones en las que deben hacerse, y también la Agencia Estatal Antidopaje, organismo por el cual se realizan las actividades materiales de prevención, control e investigación sobre el dopaje.

Tipicación de infracciones

La ley tipifica como infracciones muy graves el uso de sustancias prohibidas, la negativa sin justa causa a someterse a controles dentro y fuera de competición, la alteración, falsificación o manipulación de cualquier elemento del proceso de control y la administración o dispensa de sustancias.

Las sanción por infracción muy grave para los deportistas será de suspensión y privación de licencia de dos a cuatro años y en su caso multa de 3.001 a 12.000 euros.

Serán infracciones graves el incumplimiento de las obligaciones de localización y disponibilidad para someterse a controles fuera de competición y la realización de actividades sanitarias cuando esté suspendida la licencia. Estas se sancionarán con suspensión de entre tres meses y dos años, con multa de 1.500 a 3.000 euros.

La ley contempla sanciones para clubes y equipos, que van desde multa a pérdida de categoría, para directivos, técnicos, jueces y árbitros, con multa e inhabilitación temporal de dos a cuatro años, y también para médicos y personal sanitario con privación o suspensión de licencia de dos a cuatro años.

Cuando esté involucrado un menor de edad o se cometa una segunda infracción la privación de la licencia tendrá carácter definitivo.

Las infracciones graves acarrearán privación o suspensión de licencia de dos a cuatro años y multa de 1.500 a 6.000 euros.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento