Una nueva "traba" para los autónomos: Hacienda adelanta la entrega del 'modelo 347'

  • Es la información que resume cada año la totalidad anual y trimestral de las operaciones con terceros de más de 3.005,6 euros.
  • Se presentaba en marzo; en 2017 se hizo en febrero; y ahora Hacienda propone que se haga en enero.
Autónomos.
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Los autónomos españoles, que lidian con el peor sistema europeo de trabajo por cuenta propia, se van a topar con una nueva "traba". Hacienda ha adelantado la entrega del 'modelo 347'. Se trata de la información que resume cada año la totalidad anual y trimestral de las operaciones con terceras personas de más de 3.005,6 euros.

Hasta el momento, este modelo se presentaba en marzo, pero en 2017 se presentó en febrero tras una primera modificación de su plazo. En la actualidad, la Agencia Tributaria ha propuesto enero de 2018 como plazo para su presentación.

Hacienda ha sometido a consulta pública la modificación de los plazos de presentación de modelos de resumen anuales de ingresos y retenciones. Así, el ministerio de Cristóbal Montoro justifica su adelanto en el "fin último de homogeneizar los plazos de presentación de las declaraciones informativas y mejorar la calidad de los datos fiscales".

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) opina que el adelanto de entrega del 'modelo 347' es "una nueva traba" para los autónomos porque supone una compresión de las obligaciones de los autónomos ante Hacienda en muy poco tiempo y las añade en un mes de "máximo trabajo". Además, la federación cree que Hacienda no tiene en cuenta la carga de trabajo que supone para los autónomos que no cuentan con departamentos de administración que se encarguen de estas labores.

El presidente de ATA, Lorenzo Amor, cree que esta medida "complica la vida de los autónomos", porque en enero "ya tienen muchas obligaciones con Hacienda que atender". "Se presentan los resúmenes anuales de IVA, por ejemplo, y añadir un nuevo modelo a ese mes no hace más que poner trabas a los autónomos y a sus gestores y asesores", explica Amor.

Quién está obligado a presentar el 347

Tienen obligación de presentar el 'modelo 347' todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (entidades en atribución de rentas), que desarrollen actividades empresariales o profesionales con terceras personas por importe superior a 3.005,06 euros durante el ejercicio.

Además, también estarán obligadas a declarar el 'modelo 347' las sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que, entre sus funciones, realicen la de cobro, por cuenta de sus socios, asociados o colegiados, de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, de autor u otros estarán obligadas a declarar.

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