Dos años cárcel para conductor de tren en que murieron 7 personas en Palencia

  • Se le ha condenado por siete delitos de homicidio por imprudencia profesional grave y 86 delitos de lesiones.
  • También se le ha inhabilitado para el ejercicio de su profesión.
Los servicios de emergencias atienden a las víctimas del accidente, en una imagen de archivo.
Los servicios de emergencias atienden a las víctimas del accidente, en una imagen de archivo.
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Los servicios de emergencias atienden a las víctimas del accidente, en una imagen de archivo.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Palencia ha condenado a dos años de prisión a José Luis P.G., de 50 años y nacido en León, maquinista del tren accidentado en Villada (Palencia) en el que murieron siete personas en agosto de 2006.

La resolución judicial, notificada este miércoles, establece además inhabilitación especial para la profesión u oficio de maquinista de locomotora durante el tiempo de condena y le impone pena de inhabilitación especial de privación para el ejercicio del mismo oficio durante cuatro años.

En concreto, el fallo fija una condena por siete delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y 86 delitos de lesiones por imprudencia grave profesional y considera como atenuante muy cualificada la reparación del daño, tras recordar que se han abonado gran parte de las indemnizaciones a los perjudicados, además de citar que el encausado auxilió a los afectados.

La sentencia considera probado que el 21 de agosto de 2006 el encausado conducía el tren de Larga Distancia Diurno 280, integrado por una locomotora y seis coches vagones, en los que viajaban 426 viajeros, procedente de La Coruña-Vigo, con destino Hendaya-Bilbao.

Fue sobre las 15.50 horas cuando este tren circulaba cerca de la entrada de la Estación de Villada -en la que no tenía prevista ninguna parada- por la vía II a una velocidad de 160 kilómetros por hora, precedido por el Tren Regional 8214 que circulaba por la misma vía y tenía programada parada.

Se transmitió al maquinista la decisión para que redujera la velocidad sin superar los 30 kilómetros por hora al cambiar de vía.

Especifica la sentencia que la información se transmitió al maquinista mediante un doble sistema y considera probado que tanto el de Señales Visuales como el denominado de balizas "funcionaron correctamente enviando la información precisa al maquinista quien, a su vez, confirmó dicha recepción accionando por dos veces el pulsador de reconocimiento".

Establece que, a pesar de que la recepción de las señales obligaban al maquinista a reducir la velocidad para pasar por el cambio de vía a una velocidad no más de 30 kilómetros por hora, "sin embargo no lo hizo, no redujo la velocidad, circulando en el momento en que se produjo el cambio de vía a 125 kilómetros por hora".

Ese "exceso de velocidad" ocasionó el descarrilamiento de los coches, "colisionando los dos primeros con tres columnas de electrificación y, posteriormente, con los pilares centrales de sujeción del paso superior de la carretera que existe a la entrada de la estación de Villada.  "Inmediatamente después" del accidente, el encausado pidió auxilio al jefe del CTD para que enviara servicios de socorro y ayudó evacuar a los heridos

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