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Tribunales.- Condenado un ciclista a pagar 4.100 euros por atropellar a un peatón en la acera de Eduardo Dato

El Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla ha condenado a un individuo, identificado como F.J.R., a indemnizar en la cantidad de 4.159,03 euros a una mujer, J.M.B., a la que atropelló cuando circulaba en bicicleta por el carril-bici ubicado en la acera de la avenida Eduardo Dato de la capital hispalense.

Según relata la sentencia, consultada por Europa Press, fue a las 20,00 horas del día 10 de octubre de 2008 cuando tuvo lugar esta colisión entre la bicicleta conducida por el acusado y el peatón, un alcance que tuvo lugar a la altura de la confluencia entre las avenidas Luis de Morales y Eduardo Dato, "en un punto próximo o inmediatamente adyacente a aquel en el que se cruza al carril-bici que discurre por el acerado izquierdo de Eduardo Dato".

En este sentido, añade que la denunciante —defendida por el letrado Álvaro López— cruzó la avenida Luis de Morales por el paso de peatones regulado por semáforo desde la parte del acerado en la que se encuentra el centro comercial 'Nervión Plaza' hasta la otra parte de la vía, mientras que el encartado circulaba por el lado derecho del carril-bici indicado montado en su bicicleta.

Según pone de manifiesto la sentencia del Juzgado de Instrucción número 4, el impacto tuvo lugar "inmediatamente después" de que la afectada alcanzara el acerado, y a consecuencia del mismo J.M.B. sufrió un traumatismo craneoencefálico de grado I, añadiendo el fallo que el comportamiento de la víctima "era previsible, pues cruzaba una intersección con prioridad para peatones, como es un paso de cebra, regulado además por un semáforo que estaba en luz verde".

Sentencia favorable a viandantes y peatones

De este modo, añade además que el accidente tuvo lugar en una vía de gran densidad de tráfico de peatones, "como es notoriamente conocido", situada "justo en frente de uno de los centros comerciales más concurridos de la ciudad", por lo que el conductor de la bicicleta "no podía quedar al margen del deber general de controlar su vehículo". Por estos hechos, el juez instructor ha condenado a F.J.R. por una falta de imprudencia al pago de una multa de 150 euros y a abonar a la víctima una indemnización de 4.159,03 euros.

El letrado de la denunciante, Álvaro López, destacó, en declaraciones a Europa Press, que la sentencia es "claramente favorable" a los viandantes y peatones, todo ello "al establecer un plus de celo y cuidado en la conducción de bicicletas por el carril-bici, y ante cualquier percance que pudiera suscitarse en la conducción, bien dentro o fuera del propio espacio señalado para dicho carril".

Al hilo de ello, indicó que la sentencia "hace referencia al hecho de que la bicicleta circula por un área destinada a los peatones, y en cualquier caso la diligencia y cuidado de la conducción debe constreñirse no solo a la porción de acera libre, sino a la propia área señalada por el carril, por lo que se exige ese cuidado pensando en posible viandantes que pudieran invadir el carril".

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Dice ser Azud
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Dice ser Azud, 21.06.2010 - 15.01h

Evidentemente, el ciclista carece de Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil, puesto que no se le exige por ley (lo que ya de por si es un disparate). Así que tendría que responder de los daños a terceros con su patrimonio. Si no se ha dado a la fuga, para reclamarle el pago de daños, al no existir aseguradora a la que reclamar, hay que acudir a la denuncia en el juzgado, celebrar juicio con sus abogados, testigos, peritajes,… Si los daños no han sido cuantiosos, resulta más caro el collar que el perro, por lo que es mejor dejarlo correr. En caso contrario, el viandante, motorista, automovilista perjudicado lo tiene crudo para hacer valer su derecho y, encima, la opinión pública, animada por los media, lo acusarán de todo, menos bonito, porque estos bici-energúmenos parece ser que tienen patente de corso en mor de la ecología, la sostenibilidad, la solidaridad, la saludabilidad, la convivencialidad,… y toda la lista de ecolochorradas sostenibles en boga.

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