CEOE propone un contrato de 2 años con una indemnización por despido de 16 días

Foto de archivo del presidente y el vicepresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán (izq), y Jiménez Aguilar.
Foto de archivo del presidente y el vicepresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán (izq), y Jiménez Aguilar.
J.C. / EFE
Foto de archivo del presidente y el vicepresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán (izq), y Jiménez Aguilar.

La CEOE ha enviado a los partidos una nueva propuesta polémica: un contrato de dos años de duración con una indemnización por despido de ocho días por año trabajado.

La patronal quiere que los partidos la incluyan en el proyecto de Ley de Medidas Urgentes para el Fomento y la Protección del Empleo.  La CEOE pretende con esta nueva protesta "permitir y fomentar el aumento de la contratación y frenar el proceso de despidos".

Los nuevos contratos tendrían la consideración de "indefinidos no fijos": durante los dos primeros años de su vigencia, el empresario los podrá extinguir

sin más requisito que avisar con siete días de antelación y pagar una indemnización de ocho días de salario.  Transcurridos dos años, el empresario podrá optar por la extinción del contrato o por convertirlo en "indefinido fijo".

Este último también podrá darse por finalizado sin más obligación que la de preavisar al trabajador con
un mes de antelación y abonarle una
indemnización de 20 días de salario por año, con un tope de doce mensualidades.

Según la propuesta, todas las
extinciones contractuales serán
consideradas procedentes, salvo en los períodos de disfrute de las licencias de maternidad o paternidad, que habrán de ser declaradas nulas, a no ser que se justifique un incumplimiento del trabajador.  No obstante, el empleado podrá reclamar en los tribunales las indemnizaciones debidas y los salarios correspondientes a los períodos de preaviso no respetados, de acuerdo con la patronal.

La CEOE también abre la puerta a que estos nuevos tipos de contratos se hagan a través de agencias de empleo. Cuando un empresario recurra a estas agencias y decida despedir al trabajador puesto a su disposición, deberá notificar a ambos su decisión con una antelación de siete días.
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