Condenado a un año y medio de cárcel por despreciar a Miguel Ángel Blanco en las redes

  • El joven reconoció durante el juicio no sentir ninguna "pena" por el fallecido.
  • El condenado tiene 29 años, es de Astorga (León) y ha intentado desvincularse del terrorismo durante sus comparecencias.
  • El tribunal señala en su sentencia que los textos "son los que son".
Homenaje a Miguel Ángel Blanco.
Homenaje a Miguel Ángel Blanco.
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Homenaje a Miguel Ángel Blanco.

La Audiencia Nacional ha condenado este jueves a un año y medio de cárcel por enaltecimiento del terrorismo a un joven que despreció en Twitter y Facebook al edil del PP asesinado por ETA Miguel Ángel Blanco con frases como "A mí no me da pena lo de Miguel Ángel Blanco, me da pena la familia desahuciada por el banco".

Pese a que en el juicio, el acusado, Aitor Cuervo Taboada, de 29 años y natural de Astorga (Leon), manifestó que sus comentarios se habían tergiversado y que no pretendió enaltecer conductas con las que no está vinculado al no ser vasco, la sentencia señala que los textos "son los que son" y por tanto "no existe descontextualización alguna", además de no ser trascendente "la no vinculación del acusado con el País Vasco".

Según la sección segunda de lo Penal -Concepción Espejel, Julio de Diego y Enrique López- "en todas las frases, sin equívoco o ambigüedad, existen con claridad e intensidad ingredientes laudatorios" a la actividad de ETA y de menosprecio hacia dos víctimas del terrorismo (Miguel Ángel Blanco y Carrero Blanco).

En su declaración en el juicio, el acusado, que también ha sido condenado a diez años de inhabilitación absoluta, reconoció no sentir "pena" por el concejal ejecutado por ETA tras su secuestro porque para él "era un desconocido". "No tuve la suerte de conocerlo ni tomarme una cerveza con él, es un desconocido y no puedo sentir pena", apostilló.

"Elogió a grupos terroristas"

En cuanto a que justificase en la libertad de expresión y de pensamiento haber hecho esas publicaciones en su perfil de Facebook, que contaba con 1.238 seguidores, y el de Twitter, con más de 5.550, los magistrados apelan a la extensa jurisprudencia al respecto y recuerdan que comportamientos "de ese tenor no merecen la cobertura de derechos fundamentales" al ser constitutivos de delito.

De este modo, la sentencia considera probado que el acusado desarrolló en Facebook y Twitter desde 2011 "una intensa actividad" con la publicación de mensajes, vídeos e imágenes de acceso público con contenido "claramente" elogioso de grupos terroristas.

Entre los comentarios que publicó en las redes sociales se podían leer frases como: "Si al final Aznar regresa de pleno a la política activa, espero que ETA lo haga bien para equilibrar la balanza" o "es más dolorosa la muerte en el curro de un trabajador que la de un concejal pepero ejecutado".

Respecto a la alegación de su defensa, de que la investigación a su patrocinado fue prospectiva al haberse realizado un rastreo en las redes sociales en busca de material delictivo, la Sala responde que la Guardia Civil no realiza rastreos "como una suerte de inquisición general" sino que detectan usuarios que hayan podido incurrir en algún delito, si bien tampoco considera "reprochable" que se extiendan estas investigaciones "a un amplio espectro".

Cuervo fue detenido por en noviembre de 2014 por la Guardia Civil, que le intervino el teléfono móvil, no solo como medio de prueba sino para evitar que pudiera activar una función de radiofrecuencia para borrar archivos de forma remota.

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