El Principado regulará la oferta de viviendas privadas para uso turístico

El consejero de Empleo, Industria y Turismo del Principado, Francisco Blanco, ha anunciado este miércoles que su departamento prepara la elaboración de un decreto que regulará la oferta de viviendas privadas para uso turístico.
Los consejeros de Turismo y de Presidencia del Principado
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EUROPA PRESS
Los consejeros de Turismo y de Presidencia del Principado

El consejero de Empleo, Industria y Turismo del Principado, Francisco Blanco, ha anunciado este miércoles que su departamento prepara la elaboración de un decreto que regulará la oferta de viviendas privadas para uso turístico.

"No se trata de incluir limitaciones artificiales o trabas sino de regular esta oferta para garantizar calidad en beneficio de los clientes y de la marca garantizar la calidad y evitar la competencia desleal", ha dicho Blanco durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno en compañía del titular de Presidencia y Participación Ciudadana, Guillermo Martínez.

El consejero responsable de Turismo ha apuntado que la normativa permitirá reducir trámites para iniciar la actividad y ofrecerá un plazo para la adaptación a la regulación. "Era necesario regular este fenómeno para actuar en igualdad de condiciones que el resto del sector", ha asegurado, explicando que es difícil calcular el número de viviendas privadas de uso turístico por ser, hasta ahora, una actividad alegal.

Además, Francisco Blanco ha incidido en que la regulación se llevará a cabo en colaboración con el sector para dotar a esta modalidad de alojamiento de "una norma específica, de manera que se pueda legalizar la oferta siempre que se cumplan unos requisitos determinados".

Para ello, la normativa favorecerá la simplificación de trámites administrativos tanto para alojamientos de viviendas vacacionales como para las de uso turístico. Así, bastará con que los propietarios presenten una declaración responsable para que puedan iniciar la actividad.

Las viviendas privadas para uso turístico, que se caracterizan por estar ubicadas en edificios en régimen de propiedad horizontal (bloques de pisos), podrán alquilarse íntegramente o por habitaciones, siempre que ofrezcan calidad al turista, con la señalización, el mobiliario y los enseres adecuados. Se exigirá a los dueños la autorización de las comunidades de propietarios para darle un uso turístico a la vivienda, así como un seguro de responsabilidad civil que, como en el resto de alojamientos turísticos, garantice la seguridad.

Además, el propietario deberá fijar un régimen de funcionamiento interior del establecimiento, por ejemplo, en relación con las reservas y cancelaciones. Así, podrá exigir un anticipo a quienes efectúen reserva de plaza.

Igualmente, el usuario podrá desistir de la reserva efectuada en todo momento. No obstante, el titular del establecimiento podrá retener un porcentaje en función de los plazos.

A todo cliente, antes de su admisión, se le deberá entregar un documento, a modo de contrato, en el que constarán: nombre, modalidad y categoría del establecimiento, nombre del titular o entidad explotadora y precio final completo, entre otros detalles.

Asimismo, los precios se publicitarán en un lugar destacado y de fácil localización y lectura en el interior del alojamiento; y el cliente estará obligado a satisfacer el precio del alojamiento en el tiempo y lugar convenidos, y las facturas cumplirán los requisitos generales previstos en la normativa específica.

Los propietarios de las viviendas o las empresas que las exploten podrán anunciarlas y comercializarlas a través de diferentes canales: empresas de intermediación turística (agencias de viajes y centrales de reserva, páginas de Internet de promoción y alquiler, etc.). Además, estarán obligados a incluir en toda la publicidad el número de registro asignado por la Consejería de Empleo, Industria y Turismo.

Desde el Principado, los servicios de inspección turística dependientes de la Consejería ejercerán las funciones de comprobación y control de cumplimiento de lo establecido en el decreto.

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