Invercaria exige rigurosidad en los informes periciales y niega la existencia de salarios por encima de lo pactado

La sociedad pública Invercaria, Inversión y Gestión de Capital Riesgo de Andalucía SAU ha exigido "rigurosidad" en los informes de los peritos judiciales sobre las relaciones laborales existentes en Invercaria, tras lo que ha negado que existan salarios por encima de lo pactado.

La sociedad pública Invercaria, Inversión y Gestión de Capital Riesgo de Andalucía SAU ha exigido "rigurosidad" en los informes de los peritos judiciales sobre las relaciones laborales existentes en Invercaria, tras lo que ha negado que existan salarios por encima de lo pactado.

En una nota, Invercaria ha reaccionado de esta forma a las noticias sobre el informe de 124 páginas elevado al Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, donde los peritos analizan el contenido de las relaciones laborales en Invercaria, centrándose en diez personas, entre ellas el propio Juan María González Mejías, y los expresidentes de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo y Laura Gómiz.

Asimismo, Invercaria apunta además que existe una "causa general" contra la compañía.

La sociedad pública Invercaria ha reiterado su negativa a que existan trabajadores "que nunca hayan trabajado" en la empresa y recuerda que ya existe un auto de 17 de septiembre de 2013 del Tribunal de Cuentas, que además consta en las diligencias previas del Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, que determina específicamente, respecto a los trabajadores que señala el informe pericial de la Inspección de Trabajo, que "el abono de retribuciones y gastos de representación a determinados trabajadores de Invercaria han quedado plena y debidamente justificadas, lo que ha motivado apreciar la ausencia de menoscabo en los caudales públicos", por lo que procedió al archivo de este asunto por no haberse encontrado irregularidad, según ha recordado.

Invercaria entiende que ese auto "no ha sido conocido por los peritos inspectores de trabajo intervinientes en la elaboración del informe citado y por ello no lo han tenido en consideración en sus conclusiones".

La empresa pública considera, por lo tanto, que estas y otras cuestiones "han quedado sobradamente justificadas en diversas ocasiones" y manifiesta su protesta por considerar que existe abierta una "causa general" contra la propia compañía "retomando una y otra vez supuestas irregularidades que no son tal, como se ha demostrado".

Por otra parte, Invercaria denuncia, además, que el conocimiento que tiene de los informes periciales, resoluciones del Juzgado o declaraciones, "es únicamente a través de los medios de comunicación".

En cuanto a lo considerado por los peritos como un "exceso de retribuciones", Invercaria manifiesta que dicho "exceso" no contempla las distintas subidas salariales en los diez años de vida de la sociedad. Así, ha explicado que los trabajadores de la compañía "tenían una retribución inicialmente pactada en sus contratos originariamente firmados en el inicio de su relación laboral". Ha añadido que con carácter anual, el entonces presidente y consejero delegado comunicaba a la dirección financiera los diferentes incrementos salariales que se aplicaban en el ejercicio y posteriormente se repercutía en las nóminas.

Esta sociedad ha dejado claro que "no es una práctica habitual, ni en Invercaria, ni en ninguna empresa, que cada subida o bajada salarial conlleve la suscripción formal de una adenda al contrato de trabajo originariamente firmado". Por lo tanto, Invercaria entiende que no existe tal irregularidad, sino "una confusión por no haber tenido en cuenta estas circunstancias".

Invitación a los peritos

Abundando en esta materia, Invercaria ha explicado que envió un escrito al Juzgado de Instrucción 16 de Sevilla invitando a los peritos inspectores de trabajo a que visitaran las instalaciones de la empresa y pudieran consultar 'in situ' toda la documentación obrante en este sentido, con el objetivo de "facilitar su tarea y despejar cualquier duda con respecto las materias de este informe pericial".

No obstante, lamenta que dicha visita "nunca se produjo, a pesar de la invitación de la compañía pública y de la colaboración mostrada para esclarecer todo cuanto sea necesario".

En lo referente a las discrepancias sobre la naturaleza como laboral o mercantil de la relación de los presidentes-consejeros delegados con Invercaria, la empresa pública asegura que ha actuado "en el estricto cumplimiento de lo que consideraba obligaciones y responsabilidades en materia laboral y fiscal" y ha manifestado que la cuestión tratada en el informe pericial "es y ha sido objeto de continua controversia jurídica y que está sujeta a distintas interpretaciones jurisprudenciales".

En ese sentido, ha dejado claro que la compañía pública "no ha actuado de manera intencionada de cara a eludir u obtener ningún objetivo preconcebido" y discrepa de las conclusiones del informe pericial.

En lo relativo a los préstamos de los trabajadores, como ya ha manifestado Invercaria, son "anticipos de nóminas". Así, ha recordado que la jurisprudencia laboral "fija que los préstamos al personal laboral sin interés que se compensan con salarios, como son este caso, no son considerados préstamos sino anticipos de salario, es decir se abonan descontando de la nómina mensual la cantidad estipulada". De forma que "son, por lo tanto, meros anticipos a cuenta, tal y como se recogen en numerosos convenios colectivos, donde la garantía es la propia nómina del trabajador".

Asimismo, ha dejado claro que "actualmente no existe ninguna que habiendo extinguido su relación laboral con Invercaria tenga pendiente importe alguno por anticipo de nóminas".

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