Trib.Estimada la demanda de un desempleado de Valladolid a quien la S.S. denegó la jubilación anticipada por estar en IT

El Juzgado de lo Social número 4 de Valladolid ha estimado una demanda de un desempleado al que la Seguridad Social denegó el derecho a jubilarse anticipadamente por encontrarse en situación de incapacidad temporal (IT), tal y como informan los servicios jurídicos de Comisiones Obreras.

El Juzgado de lo Social número 4 de Valladolid ha estimado una demanda de un desempleado al que la Seguridad Social denegó el derecho a jubilarse anticipadamente por encontrarse en situación de incapacidad temporal (IT), tal y como informan los servicios jurídicos de Comisiones Obreras.

En esta sentencia se ha juzgado un supuesto novedoso hasta el momento, al tratarse del caso de un trabajador en situación de desempleo de larga duración a quien se deniega el derecho a jubilarse a los 61 años, después de 41 cotizados, por encontrarse en situación de IT y no cumplir el requisito de estar inscrito como demandante de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo del Estado (SPEE) durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación.

En su momento la Seguridad Social, con una interpretación restrictiva de la norma, denegó el derecho por no cumplir dichos requisitos, dándose la paradoja de que el propio trabajador pidió el alta para solicitar el subsidio de desempleo y poder acceder así a la jubilación. La respuesta del SPEE fue rotunda: denegar la prestación por entender que cumplía con todos los requisitos necesarios para acceder a la jubilación anticipadamente. Este hecho ponía claramente en entredicho el proceder de la Seguridad Social.

La sentencia viene a mantener, frente a la literalidad de la norma, un criterio "flexibilizador y humanizador" al considerar que debe atenderse a la finalidad de la norma que no es otra que tener en cuenta la dificultad o imposibilidad de insertarse en el mercado laboral del que el trabajador en cuestión no ha tenido intención de apartarse en ningún momento.

Es más, el fallo entiende que, tras una dilatada vida laboral, el hecho de permanecer el desempleo en suspenso durante los últimos meses por encontrarse en situación de incapacidad temporal no puede razonablemente constituir un obstáculo para acceder a la jubilación anticipada.

"Una interpretación diferente, además de ser frontalmente contraria a la justicia material, sería disuasoria de la búsqueda de empleo y además en el presente caso acarrearía al trabajador desproporcionadas consecuencias*" describe la propia sentencia.

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