Archivada la denuncia de Ignacio González contra la investigación de su ático en Estepona

  • Un Juzgado ha archivado la denuncia del expresidente de la Comunidad de Madrid contra el excomisario de la Policía Nacional de Marbella Agapito Hermes. 
  • Asegura que Hermes recibió la orden de un superior y justifica su decisión ante la posibilidad de que el uso del ático pudiese ser un pago de una comisión ilegal.
  • González denunció a Hermes por supuesta investigación ilegal y filtración del uso de un ático de la localidad malagueña de Estepona.
El expresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, durante una intervención en la Asamblea.
El expresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, durante una intervención en la Asamblea.
Ballesteros / EFE
El expresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, durante una intervención en la Asamblea.

Un Juzgado ha archivado la denuncia del expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González contra el excomisario de la Policía Nacional de Marbella (Málaga) Agapito Hermes por supuesta investigación ilegal y filtración del uso de un ático de la localidad malagueña de Estepona por parte del político.

El juez de Instrucción número 47 de Madrid acuerda en un auto el sobreseimiento de las actuaciones respecto a Agapito Hermes, tal como solicitó el Ministerio Fiscal.

El magistrado fundamenta que tras las declaraciones del imputado y de los testigos y el examen de la documentación, "resulta acreditado que Agapito Hermes recibió una orden verbal del entonces director adjunto operativo de la Policía Nacional, un comisario ya fallecido".

Añade que éste "justificó la misma por la información que le dio un confidente o un cargo relacionado con la trama Gürtel acerca de que el uso del citado ático podía ser un pago de una comisión ilegal".

Agrega que los superiores de dicho director adjunto operativo no conocían la investigación ni dieron la orden, que al parecer él sí podía dar "al ser habitual realizar investigaciones policiales preliminares para comprobar hechos delictivos, lo que en el presente caso se hizo de forma oral y con el máximo secreto, dado lo grave del asunto de la persona a la que afectaba".

El juez explica que sería necesaria la declaración del comisario fallecido y la identificación del confidente para verificar la licitud del origen de la orden, "que presuntamente no era delictiva".

Añade que "el comisario Hermes no tenía por qué dudar de la licitud de la versión de su superior y se limitó a cumplir la orden, máxime cuando no hay una norma reglamentaria que la impida y es práctica habitual, custodiando en su despacho el resultado de las investigaciones para evitar precisamente filtraciones".

Filtración no probada

Para el magistrado "tampoco resulta probado que el comisario Hermes filtrase a la prensa la documentación ya que cuando fue llamado a declarar manifestó que se la habían sustraído de su despacho donde la guardaba".

Además, que existía una llave en la Comisaría para entrar en el mismo "por lo que cualquier persona pudo haber sustraído la documentación" y el juez recalca que "precisamente por ello el comisario fue sancionado administrativamente por una infracción en la custodia de documentos".

Sin embargo, para el magistrado no queda acreditada la revelación de secretos "por no tratarse de una investigación delictiva ni tampoco que fuese divulgada por el comisario Hermes".

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