Álava prohíbe el uso de fuego en el medio rural a partir de este martes

La prohibición no afectará, inicialmente, a 17 parques locales cuyas barbacoas están construidas con ladrillo, piedra y hormigón

La Diputación foral de Álava ha anunciado que, a partir de este martes 30 de junio, se prohíbe con carácter preventivo el uso de fuego en el medio rural, excepto en 17 parques locales cuyas barbacoas están construidas en 'obra de fábrica', es decir, con ladrillo, piedra y hormigón, cuentan con paredes y chimenea.

En un comunicado, la Institución foral ha recordado que el periodo estival se caracteriza por un aumento de las temperaturas ambientales, la disminución de precipitaciones y de los porcentajes de humedad del aire, así como por la mayor duración de las horas solares.

Según ha explicado, todos estos factores inciden de forma directa en el aumento de los índices de riesgo de incendio en el medio rural. Por ello, a partir de este martes se impide el uso de fuego en suelo rural de cualquier clase, montes públicos o de particulares, parques naturales, parques provinciales y parques locales de esparcimiento, así como en áreas de descanso en carreteras forales o locales.

No obstante, ha precisado que esa prohibición no afectará a 17 parques locales cuyas barbacoas están construidas en 'obra de fábrica' es decir con ladrillo, piedra y hormigón, que cuentan con paredes y chimenea. Ahora bien, si se produjeran situaciones de riesgo que así lo aconsejaran podrían llegar a clausurarse.

Trabajos en el campo

Asimismo, ha recordado que, ante una situación de riesgo con temperaturas extremas, se aconseja la adopción de medidas cautelares extraordinarias, no sólo en el manejo del fuego, sino en todas aquellas actividades que entrañen peligro, como por ejemplo, la cosecha de cereal, los trabajos forestales o las actividades de ocio.

Por eso, en condiciones ambientales adversas, con altas temperaturas, viento y baja humedad ambiental, la Diputación aconseja posponer los trabajos en el campo. Además, recomienda contar siempre en el tractor o maquinaria de trabajo con una mochila fumigadora con agua, así como una cisterna que pueda ayudar a sofocar un brote de fuego.

La prohibición de hacer fuego en el medio rural tendrá carácter extraordinario y temporal y se mantendrá en vigor hasta que se deje expresamente sin efecto como consecuencia de un cambio en las condiciones meteorológicas.

El incumplimiento de esta prohibición puede ser sancionado con hasta 1.000 euros de multa y el pago de los posibles daños ocasionados sin perjuicio de la aplicación del Código Penal.

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