Podrían suspender durante un año a un Guardia Civil por manifestarse de uniforme

  • Expediente contra el secretario general de la Asociación Unificada de Guardias Civiles.
  • Se manifestó junto a sus compañeros vestido con el uniforme.
  • Piden un año de suspensión de empleo y sueldo para él.
Manifestación de la Guardia Civil (ARCHIVO).
Manifestación de la Guardia Civil (ARCHIVO).
ARCHIVO
Manifestación de la Guardia Civil (ARCHIVO).

Joaquín Cánovas, secretario general de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), se enfreta a un año de suspensión de empleo y sueldo tras probarse que participó "activamente" en la convocatoria de la manifestación de la Guardia Civil en la Plaza Mayor de Madrid.

El pasado 20 de enero, un nutrido grupo de guardias civiles se manifestó en el corazón de la capital para reclamar la desmilitarización del cuerpo; fue la primera manifestación de la historia de la democracia a la que los agentes acudieron luciendo el uniforme reglamentario.

No llevaba el arma durante la manifestación

No crea problemas ni discute las órdenes de mando
Se trata de una primera propuesta de sanción tras el expediente gubernativo, que
no es tan dura como podría haberse esperado por una falta muy grave, ya que según manifestó el instructor militar, se han tenido en cuenta sus calificaciones anuales, hojade servicios y la opinión de sus superiores, lo que hace que, "sin considerarle un guardia ejemplar", es una agente que "no crea problemas ni discute las órdenes de mando".

En la sanción también se ha tenido en cuenta que, pese a ir vestido con el uniforme reglamentario, no llevaba su arma durante la manifestación; en cualquier caso, una sanción superior a seis meses de suspensión implica además la pérdida de destino, con lo que los agentes y sus familias podrán ser enviados a otros lugares de España a prestar servicio una vez cumplida la sanción.

Las faltas muy graves pueden ser sancionadas también con la expulsión del Cuerpo, posibilidad abierta para otros miembros de AUGC con mayor grado de responsabilidad en la Asociación y, por tanto, en la organización, promoción y desarrollo del acto.

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