El Principado recurre al Constitucional la libertad de horarios comerciales en Oviedo y Gijón

El Consejo de Gobierno ha decidido presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional para evitar que el Ejecutivo central imponga, por medio de un real decreto-ley, la libertad de horarios comerciales en los concejos de Oviedo y Gijón. El Principado ha tomado esta decisión después de conocer el criterio favorable del Consejo Consultivo.
El Corte Inglés De Oviedo
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EUROPA PRESS
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El Consejo de Gobierno ha decidido presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional para evitar que el Ejecutivo central imponga, por medio de un real decreto-ley, la libertad de horarios comerciales en los concejos de Oviedo y Gijón. El Principado ha tomado esta decisión después de conocer el criterio favorable del Consejo Consultivo.

El Gobierno de Mariano Rajoy aprobó en julio el Real Decreto-ley de Aprobación de Medidas Urgentes para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia. Conforme a esa norma, diez municipios españoles -entre ellos, las dos ciudades más pobladas de Asturias, Oviedo y Gijón- están obligados a declarar parte de su territorio zonas de gran afluencia turística, en las cuales habrá libertad de horarios comerciales. Los ayuntamientos disponen de seis meses para cumplir con esta exigencia; de lo contrario, la libertad de horarios se impondrá no en parte, sino en toda la extensión del concejo.

El Gobierno de Asturias entiende que el decreto-ley invade sus competencias y choca con la política desarrollada por la Consejería de Economía y Empleo para proteger a los pequeños y medianos establecimientos comerciales. Por ello, se planteó la posibilidad de acudir al Constitucional. Una vez que los servicios jurídicos del Principado informaron favorablemente, el Consejo de Gobierno solicitó el dictamen correspondiente al Consejo Consultivo.

En su informe, el Consultivo concluye que el real decreto-ley invade competencias propias de la comunidad autónoma. Con esta norma, el Gobierno central agota la capacidad regulatoria del Principado en los dos ayuntamientos con más habitantes de la comunidad, con la relevancia que ello supone.

Para el Consultivo tampoco está justificada la utilización de un real decreto-ley, reservado por la Constitución (artículo 86) para casos de extraordinaria y urgente necesidad, circunstancias que no concurren en este caso. El dictamen no aprecia conexión entre la situación de urgencia que invoca el Gobierno central y la norma adoptada.

Antes de aprobar la interposición del recurso, el Gobierno asturiano -en concreto, la consejería de Economía- ha mantenido encuentros con las partes implicadas: con asociaciones de comerciantes y con representantes municipales de Oviedo y Gijón. Todos coinciden en que la aplicación del real-decreto no está justificada y puede resultar lesiva para el desarrollo de la actividad comercial; en particular, para los pequeños y medianos establecimientos.

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