El seguro del hogar, mejor con todo… lo necesario

  • Se debe contratar una póliza que contenga las coberturas básicas, pero también otras específicas para nosotros.
  • Los seguros del hogar incluyen más de 30 garantías que es preciso conocer.
  • Los objetos de valor especial (colecciones, tapices, cuadros, prendas, joyas, etc) deben ser mencionados de forma expresa en el seguro.
Ventana de una vivienda incendiada en Alcorcón.
Ventana de una vivienda incendiada en Alcorcón.
Kiko Huesca/EFE
Ventana de una vivienda incendiada en Alcorcón.

Dice el dicho que “sólo nos acordamos de Santa Bárbara cuando truena”. Es lo que a veces pasa con el seguro para el hogar. En España no es obligatorio, como tampoco lo es en el Reino Unido. En cambio sí lo es en algunos países europeos como Francia. En Suiza incluso se exige a quienes pretendan alquilar una casa.

Si lo tenemos puede pasar que la aseguradora nos diga aquello de que “ese desperfecto no corre a cargo de la póliza”. Por ello hay que elegir bien. Se debe contratar una póliza que contenga las coberturas más necesarias y básicas para la casa, pero también otras específicas que hoy en día pasan por la protección de electrodomésticos, aparatos tecnológicos y ordenadores.

Para acertar con la elección del seguro del hogar, es necesario saber exactamente qué cobertura estamos contratando. Esto exige dedicarle un tiempo al estudio de las condiciones de la póliza y así evitar sorpresas después. Como explican en Eroski Consumer, los seguros del hogar, por lo general, incluyen más de 30 garantías que es preciso conocer con anterioridad, para elegir las esenciales o insertar otras especiales.

No pueden faltar las que incorporen incendios, robo y actos de vandalismo, entre otros. Deben incluirse también las situaciones más molestas en la vivienda: rotura de cristales, daños producidos por agua, etc. Y para rematar la propuesta aseguradora, también deben estar los temas legales, como todo lo relacionado con la responsabilidad civil, protección jurídica integral, etc.

Para hacerlo con tino estas son algunas recomendaciones básicas:

  • Buscar y analizar mucho antes de elegir
    Aunque todos los seguros para la casa son muy parecidos entre sí, no son iguales e incluyen coberturas, limitaciones y hasta exclusiones diferentes. Por eso, es muy importante leer sus cláusulas antes de contratar el producto, para al final elegir el modelo que ofrezca mayor protección y garantías.
  • Leer la letra pequeña
    No debe olvidarse, además, de dar un repaso a la letra pequeña del contrato, ya que muchos de los problemas surgidos frente a un siniestro se deben a una mala información de las coberturas.
  • Pedir información ante cláusulas complejas
    Es más que factible que los usuarios se encuentren con alguna cláusula que sea más enrevesada que otra, o que no queden claras todas las coberturas para el hogar. Este problema puede solucionarse, reclamando más información a la aseguradora para decantarse o no por su contratación.
  • Clarificar la inclusión de coberturas
    Hay que fijarse en qué coberturas están introducidas en los contratos, ya que no todos los seguros incorporan la responsabilidad civil, y en función de las ofertas varían de unas pólizas a otras.
  • Prestar atención a las indemnizaciones
    Con toda seguridad habrá que informarse de lo que conllevan estos productos y, en especial, de las modalidades de indemnización frente a la aparición de un siniestro, ya que puede generarse por reemplazo (sustitución del objeto o artículo siniestrado), reposición o con dinero en efectivo.
  • Presencia de los aparatos tecnológicos
    No conviene olvidar que las pólizas para el hogar deben tener presente los aparatos de última generación que se tienen en las casas, desde los aparatos audiovisuales a los informáticos y sus periféricos.
  • Ampliar las coberturas
    Es probable que no sea suficiente para la protección del hogar las coberturas básicas de buena parte de los seguros y, por tanto, sea necesario ampliarlas con otras más especializadas.

Las contingencias en el hogar pueden afectar a cualquier objeto, por inimaginable que parezca, sobre todo a los de más valor. Los usuarios deberán mencionarlos de forma expresa para que queden incluidos en el seguro. Son los denominados objetos de valor especial: colecciones de cualquier tipo, tapices o cuadros con valor artístico o histórico, prendas de piel, joyas y bienes propiedad de terceras personas que, por cualquier motivo, se encuentren en la vivienda.

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