Mediaset gana sendas demandas a TVE y a Pepe Navarro

  • El Tribunal Supremo declara que Telecinco no vulneró el derecho a la intimidad de Pepe Navarro por emitir unas imágenes suyas tras sufrir un robo.
  • Desestima la indemnización económica de 150.000 euros reclamada por Pepe Navarro a la cadena, por considerar que prevalecía el derecho a la información.
  • Por otro lado, la Audiencia de Madrid ha absuelto a Mediaset de una demanda de TVE por el programa España pregunta, Belén responde, por supuesto plagio.
El periodista Pepe Navarro.
El periodista Pepe Navarro.
GTRES
El periodista Pepe Navarro.

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Telecinco de una demanda impuesta por TVE por el programa España pregunta, Belén responde, por supuesto plagio de su formato Tengo una pregunta para usted.

En este programa, protagonizado por Belén Esteban, ésta se sometía a una ronda de preguntas de los ciudadanos, tal y como ocurría en el espacio de la cadena pública.

Esta decisión libra por ahora a Mediaset de otra nueva multa, pues la semana pasada el grupo fue condenado a pagar 300.000 euros a la duquesa de Alba y su marido por violar el derecho a la intimidad y al honor.

Pepe Navarro no tenía razón, según los jueces

Además de esta buena noticia, Mediaset también ha recibido otra sentencia absolutoria esta misma semana, respecto a una demanda de Pepe Navarro que había llegado hasta el Tribunal Supremo.

Éste ha confirmado una sentencia previa de 2011 de la Audiencia Provincial de Madrid, que ya había declarado que Telecinco no vulneró el derecho a la intimidad de Pepe Navarro por la emisión de unas imágenes del presentador tras el robo sufrido en su domicilio en los programas Aquí hay tomate (2005) y El Buscador (2006).

El Alto Tribunal ha desestimado la indemnización económica de 150.000 euros reclamada por Pepe Navarro a la cadena, al entender que ambos programas informaron de un hecho cierto y reconocido "teniendo la noticia una relevancia pública al tratarse no sólo de un suceso que afecta a un personaje público y conocido, sino por ser un robo un suceso que afecta a la seguridad ciudadana y de preocupación social".

Por ello, el Tribunal Supremo ratifica que en este caso debe prevalecer el derecho a la información.

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