La Fiscalía pide la absolución del ex secretario general de JSA por una campaña contra el sida

La Fiscalía de Sevilla ha pedido este viernes la absolución del ex secretario general de Juventudes Socialistas de Andalucía (JSA) Juan Carlos Ruiz Fuentes por la campaña que esta organización difundió en diciembre de 2010, a través de 'Youtube', con los lemas 'Bendito condón que quitas el sida del mundo' y 'Que no te den una hostia, ponte condón', hechos por los que la acusación particular ejercida por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro le pide un año de cárcel.

La Fiscalía de Sevilla ha pedido este viernes la absolución del ex secretario general de Juventudes Socialistas de Andalucía (JSA) Juan Carlos Ruiz Fuentes por la campaña que esta organización difundió en diciembre de 2010, a través de 'Youtube', con los lemas 'Bendito condón que quitas el sida del mundo' y 'Que no te den una hostia, ponte condón', hechos por los que la acusación particular ejercida por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro le pide un año de cárcel.

Fuentes del caso han informado a Europa Press que, en el juicio celebrado este viernes en el Juzgado de lo Penal número 7 de Sevilla, el Ministerio Público ha pedido la absolución del acusado al entender que "no ha quedado demostrado el ánimo de ofender", no obstante lo cual la campaña "era ofensiva y de mal gusto".

Según las mismas fuentes, el imputado ha pedido perdón por la campaña, a lo que la acusación ha contestado que ese era su objetivo desde el principio, que pidiera perdón, "por lo que lo podría haber dicho antes y nos hubiéramos ahorrado todos este proceso". Además, el ex secretario de Juventudes Socialistas ha declarado que "su intención no fue ofender".

Por su parte, la acusación particular ha reiterado su petición para Ruiz Fuentes, al que considera autor de un delito de provocación al odio por motivos religiosos, por el que le ha vuelto a pedir un año de prisión y seis meses de multa, y de un delito continuado contra los sentimientos religiosos, por el que también ha solicitado la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 400 euros, en total 144.000 euros.

La sala le impuso una fianza de 192.000 EUROS

En un auto, dictado el pasado 29 de enero y al que ha tenido acceso Europa Press, el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla abrió juicio oral contra el imputado por esos dos delitos y le impuso una fianza de responsabilidad civil de 192.400 euros de cara a "asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, pudieran imponérsele".

De esta manera, la juez apercibió a Ruiz Fuentes, que dejó el cargo de secretario general de las JSA el pasado verano, que "de no prestarla, se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada".

Este caso tiene su origen en la querella presentada por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro contra Juventudes Socialistas (JSA) por la campaña que esta organización difundió a través de 'Youtube' con los lemas 'Bendito condón que quitas el sida del mundo' y 'Que no te den una hostia, ponte condón'.

La Fiscalía ha señalado en la vista oral este viernes que el ánimo ofensivo "no está demostrado" y ha destacado la dureza de esta campaña, por lo que ha manifestado que "ningún político debe tener estas actitudes, menos aún si pertenece a las juventudes de un partido".

La juez alaya archivó la causa inicialmente

Inicialmente, la juez Mercedes Alaya acordó el sobreseimiento de las diligencias previas incoadas y el archivo de la querella al entender que el vídeo, en el libre ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la crítica, "no hace burla de uno de los dogmas de la Iglesia Católica, sino lo que trata es que el espectador aprecie que si importante es para un cristiano practicante recibir el cuerpo de cristo a través de la hostia consagrada, igual de relevante es para la lucha contra el VIH el uso de preservativo".

Por todo ello, "con independencia del acierto o no de las imágenes que exhibe el vídeo", la juez afirmaba que "no existe burla contra la religión o la Iglesia Católica, menos aún estima que exista el elemento subjetivo del injusto del tipo penal, esto es, que el vídeo se haya realizado con la intención de ofender los sentimientos religiosos de la referida confesión católica: la intención es claramente la lucha contra el Sida y tratar de sensibilizar a la población católica".

Tras ello, la Audiencia Provincial revocó la decisión adoptada por la juez y ordenó practicar las diligencias necesarias "hasta el esclarecimiento de los hechos denunciados", ya que "cabe la posibilidad de afirmar que se haya cometido un delito contra los sentimientos religiosos si nos atenemos a las circunstancias indiciariamente acreditadas, reveladoras de que podríamos encontrarnos ante algo mucho más allá de una comprensible campaña publicitaria, inicialmente correcta pero a la postre teñida de un matiz posiblemente delictivo".

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