El Tribunal Constitucional suspende el decreto andaluz contra los desahucios

  • El decreto de la Junta andaluza permitía la expropiación temporal de inmuebles pertenecientes a entidades financieras o de gestión de activos.
  • La suspensión ha sido adoptada por el tribunal al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado contra esta medida por el Gobierno central.
  • Desde que entró en vigor el 12 de abril, la Junta de Andalucía ha iniciado los expedientes de expropiación temporal de diez viviendas a los bancos.
Concentración en protesta por los desahucios en Granada.
Concentración en protesta por los desahucios en Granada.
EFE
Concentración en protesta por los desahucios en Granada.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido este jueves de forma cautelar —durante cinco meses— el decreto andaluz sobre desahucios, que autoriza la expropiación temporal de inmuebles en procedimientos de desalojo instados por entidades financieras, sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos.

La suspensión ha sido adoptada por el tribunal al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado contra esta medida por el Gobierno central.

Desde que el decreto de la función pública de la vivienda entró en vigor el 12 de abril, la Junta de Andalucía ha iniciado los expedientes de expropiación temporal de diez viviendas a los bancos: cuatro para familias de Málaga, dos de Granada, dos de Huelva y uno de Sevilla y de Cádiz, según la Consejería de Fomento y Vivienda.

La decisión paraliza en Andalucía la aplicación de este decreto al menos durante los próximos meses, durante el tiempo que necesiten para tramitar sus alegaciones los gobiernos central y autonómico.

La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional impone que el tribunal de garantías constitucionales debe decidir si prolonga esa suspensión temporal antes de que pase un plazo de cinco meses o, en su caso, levantarla.

Por tanto, aunque la suspensión es cautelar y no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, podría extenderse hasta que el TC resuelva sobre el fondo del recurso, es decir, la legalidad de este decreto.

En la providencia notificada hoy, el pleno del TC da traslado de su decisión a la comunidad de Andalucía para que en el plazo de 15 días se persone en el proceso y formule las alegaciones oportunas.

Conforme a la legislación, ha dado también traslado de la demanda y de los documentos presentados al Congreso, al Senado y al Parlamento de Andalucía.

En aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, y conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la resolución indica que para las partes del proceso se suspende la aplicación del precepto impugnado desde la fecha en la que se interpuso el recurso del Gobierno (9 de julio de 2013).

La providencia añade que "para los terceros", la suspensión será efectiva desde el día en que la suspensión aparezca publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Gobierno que preside Mariano Rajoy presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el decreto andaluz por considerar que vulnera el derecho a la propiedad de la vivienda. El Gobierno andaluz ha defendido la constitucionalidad de la norma.

Quince días para presentar alegaciones

Según el decreto, la expropiación temporal (cuyo paso previo es la publicación en el BOJA) se puede aplicar a los inmuebles en procedimientos de desalojo instados por entidades financieras, sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos.

Tras su publicación, la sociedad adjudicataria del piso dispone de quince días para presentar alegaciones y, si no son aceptadas, se establecerá un justiprecio y se emitirá un informe técnico de la Dirección General de Vivienda como paso previo a la aprobación definitiva de la expropiación por parte del Consejo de Gobierno.

Además de la expropiación, el decreto prevé sanciones para viviendas vacías y, para ello, la Consejería ha puesto en marcha un plan extraordinario de inspección para detectar casas vacías, que si se mantienen en esa situación seis meses pasarán a formar parte del primer registro de inmuebles deshabitados y sus poseedores serán sancionados si son personas jurídicas o recibirán un incentivo para que las alquilen si son personas físicas.

Recurso indecente para la Junta

El vicepresidente de la Junta, Diego Valderas había tachado antes de esta resolución de "indecente" y "cobarde" el recurso presentado por el Gobierno central al Tribunal Constitucional sobre el decreto andaluz de desahucios, y ha asegurado que el Gobierno está cometiendo la "indecencia política de defender a los más poderosos".

Según ha declarado Valderas a los periodistas ante de presidir el Consejo Andaluz del Voluntariado, la prioridad de la Junta es que "ningún andaluz se pueda ver sin techo a consecuencia de una situación de crisis" y ha justificado el viaje de la consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés, a Bruselas para defender el decreto andaluz sobre desahucios.

Cortés se reunió con el jefe de la Unidad de Mercados Financieros e Infraestructuras de la Dirección General de Economía y Finanzas de la Comisión Europea, Peter Grasmann, entre otros miembros del gabinete y defendió la constitucionalidad de la norma andaluza y dijo que el decreto de vivienda "tiene legalidad jurídica plena como la luna llena".

El vicepresidente ha calificado de "irrazonable" la actitud del gobierno que "defiende a los poderosos frente a los débiles" y ha asegurado "seguir luchando" por este decreto.

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