Pagamos al año 31 euros de móvil que no hemos consumido

  • El Congreso aprueba mañana una nueva ley de derechos de los consumidores que prohíbe redondeos y cláusulas abusivas.
El redondeo al alza cuando pagamos un parking o el que nos facturan al hablar por el teléfono móvil, por poner dos ejemplos reales, tiene las horas contadas. El Congreso aprueba mañana la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores, "una ley que va a prohibir a las empresas que nos sigan robando ya que ahora nos están cobrando servicios que no nos prestan", explica Dacio Alonso, portavoz de la Unión de Consumidores de España (UCE).

Según un estudio de la UCE, cada familia española paga al año 497 euros por servicios que no ha consumido y cita tres ejemplos flagrantes: redondeo en parkings y telefonía móvil y cláusulas abusivas en vivienda.

Las tres operadoras de telefonía móvil (Telefónica, Vodafone y Orange, antes Amena) facturaron el año pasado a sus clientes, aplicando el redondeo, 8.245 millones de minutos que éstos no llegaron a consumir, lo que supuso unos suculentos ingresos extras de 1.319 millones de euros, según datos de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT). Es decir, cada cliente de telefonía móvil (hay 42,6 millones) pagó de media 31 euros por un servicio que no consumió.

Por segundos y minutos

"Con esta nueva ley, las operadoras tendrán que cobrarnos los segundos exactos que hablemos y no por tramos de 30 segundos", señala Alonso. Lo mismo pasa con los parkings, que tendrán que facturar por minutos.

Ahora sólo lo hacen el 13% de los aparcamientos públicos y el 7% de los privados. El resto cobra por fracciones de cinco, 15 o 30 minutos, lo que supone que los conductores han pagado el año pasado 27 millones de euros de más.

Esta nueva ley, aunque se aprueba mañana, no entrará en vigor hasta que se publique en el BOE dentro de unos días. Los parkings, no obstante, tienen una moratoria de ocho meses para poder cambiar su sistema de cobro.

Ilegales pero efectivas

Todos estos redondeos y prácticas abusivas han sido denunciados ante los tribunales por las asociaciones de consumidores y sobre ellos pesan sentencias que concluyen que no deben ser aplicados. ¿Por qué entonces los usuarios siguen pagándolos? Porque las empresas recurren estas sentencias y pueden seguir cobrando hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie en contra, algo que puede tardar años. Ahora, con esta nueva ley, no hay nada que recurrir, es de obligado cumplimiento.

A tener en cuenta

Se acabó el redondeo: Las empresas deben facturar el tiempo real de consumo: por segundos en telefonía móvil.

Plusvalía: Es un impuesto que grava el beneficio y, por tanto, debe pagarlo el vendedor, nunca el comprador.

Hipoteca: La ley prohíbe que el promotor de una vivienda penalice al comprador que no quiera subrogarse a su hipoteca.

Darse de baja: Las operadoras de telefonía no pueden aplicar a sus clientes cláusulas de permanencia y multarles si se quieren dar de baja. Darse de baja de un servicio debe ser igual de fácil que darse de alta.

Publicidad engañosa: Toda publicidad de cualquier servicio debe incluir el precio final de éste, informando también de los gastos adicionales y tasas que lleve incluidos.

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