La Apdha ve el decreto ley de vivienda "un paso adelante para garantizar el derecho a la vivienda, pero insuficiente"

La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (Apdha) ha comparecido este miércoles en la Comisión de Fomento y Vivienda del Parlamento de Andalucía para valorar y realizar aportaciones al proyecto de Ley de medias urgentes para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda.

La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (Apdha) ha comparecido este miércoles en la Comisión de Fomento y Vivienda del Parlamento de Andalucía para valorar y realizar aportaciones al proyecto de Ley de medias urgentes para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda.

Según informa la Apdha, Pablo María Fernández, coordinador del Área de Marginación, ha acudido en representación del colectivo para realizar diversas aportaciones al texto del proyecto, que son fruto del trabajo de la asociación durante muchos años y que pretenden dar respuesta a todas las situaciones de violación de este derecho humano.

Con relación al Decreto-Ley 6/2013, de 9 de abril, la Apdha ha valorado que es "un paso importante en la dirección para garantizar el derecho humano a la vivienda, pero que es claramente insuficiente".

Así, ha estimado positivamente la exposición de motivos del Decreto-ley como que la vivienda es un derecho básico en sí mismo, reconocido en normativas internacionales, estatales y autonómicas; los poderes públicos tienen la obligación de garantizar su cumplimiento real, incluyendo la función social del derecho a la propiedad privada, así como ha señalado el "sinsentido" de 700.000 viviendas vacías en Andalucía, así como la baja tasa de alquileres y la necesidad de aumentarla.

Contenidos del decreto

Con relación al contenido del decreto, Fernández ha apreciado muy positivamente la constitución de un Registro de viviendas deshabitadas que debería ser público y fácilmente consultable por parte de la ciudadanía.

Respecto a los instrumentos para favorecer la puesta en uso de las viviendas vacías —sanciones económicas, ayudas a particulares y ayudas a la rehabilitación—, la Apdha considera que hay que valorar el margen de maniobra de entidades jurídicas para que puedan evitar las sanciones económicas mediante recursos legales y considerar no "infracciones leves", sino "muy graves", la negativa a suministrar datos a la Administración o no facilitar la información, control o inspección.

También entiende la necesidad de un I.B.I. especial para viviendas vacías, tanto de personas jurídicas como físicas, así como que se sancione no solamente las viviendas deshabitadas propiedad de personas jurídicas sino también de personas físicas.

Para la Apdha uno de los avances del decreto ley es el de establecer un control sobre el parque de viviendas protegidas que son propiedad de entidades bancarias, inmobiliarias y promotoras y la obligatoriedad de comunicar estas viviendas para hacer un inventario de viviendas protegidas a fin de darles de manera efectiva el uso para el que normativamente deberían estar destinadas.

Sin embargo, con relación a la expropiación forzosa del uso de las viviendas por el plazo máximo de tres años en determinadas ejecuciones hipotecarias, la Apdha considera "una laguna" del decreto "no prever qué pasará con las personas cuando finalice ese plazo, si se tienen que marchar de la vivienda, si se les concertaría un alquiler si disponen de recursos por tener un trabajo y qué pasaría si carecieran de éste".

Entiende, por ello, que deberían tener acceso directo a viviendas de titularidad pública.

De otro lado, considera la creación del 'Observatorio de la vivienda de Andalucía' una herramienta "necesaria" aunque también "insuficiente" y propone que ese Observatorio se encargue de detectar las necesidades de vivienda en Andalucía.

Carencias del decreto y propuestas

En su intervención, Fernández ha puesto de relieve que ninguna medida del decreto repercute en las personas que viven en asentamientos chabolistas, es decir, en situaciones de emergencia habitacional. Ha propuesto que la ley recoja y haga los cambios pertinentes para la puesta en práctica de los distintos planes para la erradicación del chabolismo en Andalucía.

El decreto, según ha indicado, tampoco incluye a las personas que viven en la calle (PSH) y en los "nuevos asentamientos", como en furgonetas, en situación de emergencia habitacional. "Hay que dotar de alojamiento urgente a las personas que lo necesiten. Se debe implementar una red andaluza de espacios dignos —viviendas, albergues y centros de acogida— repartido por las distintas localidades y barrios de las ciudades, con las plazas suficientes y coordinado desde la administración autonómica", ha explicado.

El decreto tampoco prevé una ninguna medida destinada a las personas desahuciadas por impago de alquiler, pues se centra en los desahucios hipotecarios. Además no aborda el problema de las personas que fueron desahuciadas y están sin vivienda y con deudas. A este grupo, junto a las personas sin recursos que no pueden emanciparse, especialmente la gente joven, se les debe dar respuesta debido a la necesidad que siguen teniendo.

Con relación a las ocupaciones, realojos y corralas, el representante de la Asociación Pro Derechos Humanos ha comentado que la ciudadanía entendió que, cuando un derecho se niega y las administraciones la dejan en desamparo, "es necesario, de justicia y es ético el buscar, de forma individual o colectiva, salidas válidas". "El decreto no dice nada de estas situaciones y debería preverlas, por lo que se debería instar la despenalización de este tipo de actuaciones y atenderlas con el cuidado que corresponde a una situación de emergencia habitacional", ha apuntado.

Por otro lado, tampoco garantiza los suministros de agua y luz que deberían ser garantizados a todas las personas e incluido, como no puede ser de otra manera, en el concepto de derecho a la vivienda.

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