Los jueces de Burgos, primeros que pararán un desahucio si hay cláusulas abusivas en la hipoteca

  • Primera resolución que aplica la doctrina del Tribunal de Justicia europeo.
  • No se podrá obligar a nadie a abandonar su vivienda sin haberse analizado previamente las cláusulas y características de su hipoteca.
  • Sienta jurisprudencia en Burgos, pero no obliga a jueces del resto de España.
Concentración de los miembros de la Plataforma de Afectados por Hipotecas.
Concentración de los miembros de la Plataforma de Afectados por Hipotecas.
EFE / Juan Carlos Cárdenas
Concentración de los miembros de la Plataforma de Afectados por Hipotecas.

En marzo, el Tribunal de Justicia europeo vino a decir que la legislación española de desahucios era ilegal y abusiva. Sus consecuencias ya se dejan sentir. Los jueces de Burgos serán los primeros en España que podrán paralizar un desahucio si hay cláusulas abusivas en la hipoteca.

La Audiencia Provincial de Burgos ha establecido en una resolución que no podrá señalarse ninguna subasta, ni celebrarse ningún lanzamiento hipotecario, sin que de forma previa se haya analizado y valorado por el juez la posibilidad de que en la escritura de hipoteca existan cláusulas abusivas, nulas o ilícitas, que permitieran la paralización del desahucio.

Se trata de la primera resolución en España, contra la que no cabe recurso alguno, en la que se aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, derivada de la sentencia 14-III-2013 sobre los procesos hipotecarios y garantías del deudor hipotecario.

Con este auto se determina que nadie podrá ser lanzado en el proceso hipotecario, es decir, obligado a abandonar su vivienda, en Burgos sin que un juez haya podido analizar previamente las cláusulas de la escritura de la hipoteca ejecutada.

Fundamento jurídico y sensibilidad

El presidente de la Audiencia provincial, Miguel Carreras, ha explicado que en la práctica supone posibilitar un mecanismo jurídico-procesal para paralizar los desalojos hipotecarios que sienta jurisprudencia en Burgos, pero no obliga a órganos judiciales del resto de España.

Carreras ha explicado que se trata de un auto con una "sólida fundamentación jurídica" que ha adoptado también por "sensibilidad humana". Asegura que no se trata de "deslegitimar" los procedimientos de ejecución hipotecaria sino de corregir un defecto que provocaba la indefensión de los hipotecados, porque se podían ver sin su vivienda y "en la calle" sin posibilidad de defensa.

Incluso ha apuntado que se podían dar casos en los que finalmente se diera la razón a la persona desahuciada cuando ya no tenía remedio, porque la vivienda era ya propiedad de un tercero.

Carreras ha insistido en que no se trata de una paralización definitiva de los desahucios ni de que se dejen de practicar, sino de una suspensión cautelar para que el juez pueda estudiar los documentos y oír a las partes, aunque si decide que todo es correcto se terminará ejecutando la hipoteca.

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