Educación publica una Orden que regula las modalidades básicas de formación permanente del profesorado

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha publicado una Orden que regula las modalidades básicas de formación permanente del profesorado y las actuaciones formativas complementarias ofertadas por el Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha e iniciadas a partir del 1 de septiembre de 2012.
Conserjería de Educación, Cultura y Deportes
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EUROPA PRESS
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La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha publicado una Orden que regula las modalidades básicas de formación permanente del profesorado y las actuaciones formativas complementarias ofertadas por el Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha e iniciadas a partir del 1 de septiembre de 2012.

Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha este martes y recoge Europa Press, la Orden va dirigida a los docentes de centros educativos no universitarios, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, los titulados universitarios de grado o equivalente que les habilite para la docencia y el profesorado de otras comunidades autónomas con las que exista convenio suscrito.

Las modalidades básicas de formación son cursos, seminarios y grupos de trabajo y las actuaciones formativas complementarias talleres, escuelas, eventos y congresos y formación práctica en el aula.

Las modalidades básicas de formación reguladas en esta Orden se desarrollarán a través de la plataforma del Centro Regional de Formación del Profesorado, a través de procedimientos presenciales, a distancia o mixtos.

Una vez concluida la actividad y realizada la evaluación final, el Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha expedirá los correspondientes certificados de participación.

La formación permanente y las actividades formativas complementarias, una vez certificadas por el Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha, serán valoradas como mérito o requisito para la participación en los procedimientos selectivos convocados por la Administración educativa.

Asimismo, según la Orden, tendrá efectos en el sistema retributivo de los funcionarios docentes de acuerdo con la normativa específica que resulte de aplicación.

Al personal docente que preste sus servicios como asesor de formación del Centro Regional de Formación del Profesorado le serán reconocidos hasta un máximo de 2 créditos de formación impartida por cada año completo de servicio prestado, y una puntuación proporcional por cada uno de los periodos trimestrales de permanencia completa.

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