El Govern presentará un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de horarios comerciales

  • El conseller Felip Puig entiende que invade competencias catalanas.
  • Denuncia el intento de "uniformizar" las autonomías.
  • El decreto catalán está en suspenso desde que el Tribuanl Constitucional admitió a trámite un recurso del Ejecutivo central.
Una calle comercial del centro de Lleida.
Una calle comercial del centro de Lleida.
ACN
Una calle comercial del centro de Lleida.

La Generalitat presentará un recurso de inconstitucionalidad contra el real decreto ley de 2012 que liberaliza los horarios comerciales por invasión de competencias, según ha avanzado este viernes el consejero de Empresa y Empleo, Felip Puig, durante su intervención en el "Forum Europa. Tribuna Catalunya".

Puig ha explicado que el Gobierno tiene una "clara voluntad de uniformización" de las autonomías a la que la Generalitat intentará "resistir" por lo que no puede permanecer "pasiva". El recurso se presentará probablemente la semana que viene y es otro capítulo más de las discrepancias que sobre comercio y horarios comerciales mantienen el Gobierno y la Generalitat.

Para defender las "singularidades" comerciales de Cataluña, la semana pasada CiU y ERC registraron en el Parlament una proposición de ley para blindar los actuales horarios comerciales de Cataluña frente a la normativa española.

El Govern responde así a la suspensión del decreto ley catalán sobre horarios comerciales, que dejó de aplicarse cuando el Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, que no "no tiene voluntad de diálogo", según Puig, quien ha insistido en que la Generalitat quiere preservar el actual modelo comercial catalán para mantener un equilibrio entre formatos y operadores, y ha puesto como ejemplo que solo el 10 % de las peticiones de licencia han sido denegadas en los últimos años

Invasión de competencias

A finales de la pasada legislatura, la Generalitat aprobó un decreto sobre horarios comerciales para proteger sus competencias en materia de comercio, frente a la reforma liberalizadora del comercio impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy con el real decreto-ley, de 25 de mayo de 2012, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios.

El Ejecutivo central recurrió varios artículos al entender que vulneran las leyes relativas a horarios comerciales y comercio minorista en lo que se refiere a horas, festivos, puestos fronterizos con límite de venta, gasolineras, regulación de municipios turísticos, y algunas cuestiones que afectan a otros establecimientos como los estancos.

El Gobierno sostiene que los preceptos cuestionados resultan inconstitucionales porque aunque Cataluña tiene competencia suficiente para dictar la normativa autonómica relativa a horarios comerciales y, en general, la ordenación de su comercio interior, esta competencia encuentra sus límites en otros títulos estatales como la Constitución Española, que dota al Estado de competencia suficiente para dictar normativa básica en la materia.

La legislación estatal establece, con carácter general y con las excepciones que se determinan en cada caso, que serán los establecimientos comerciales los que puedan determinar libremente el horario de su actividad así como su periodo de rebajas, con los límites que en cómputo global establezcan las comunidades autónomas.

La nueva regulación dispone que las comunidades no podrán restringir el horario de apertura de los establecimientos comerciales a menos de noventa horas, ni los domingos y festivos de apertura a menos de diez. Además, quedan excluidos los establecimientos situados en zonas de gran afluencia turística que tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público en todo el territorio nacional.

La Generalitat, en cambio,  defiende que el máximo de horas semanales sean 72 frente a las 90 del Estado, ocho festivos de apertura frente a los diez del Gobierno y que queden excluidos del horario comercial general los establecimientos de alimentación con una superficie de hasta 150 metros cuadrados.

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