Archivada la causa por las cargas policiales contra los 'indignados' en la plaza de Cataluña

  • En la causa estaban imputados el director de los Mossos, la exteniente de alcalde, el comisario Molinero y los responsables de los antidisturbios.
  • Según el juez, no hay "ninguna duda" de que su objetivo era retirar elementos peligrosos de cara a la celebración del día siguiente por la Champions.
  • Los indignados recurrirá la decisión y acusan al juez no pronunciarse sobre el delito de prevaricación, por permitir a los agentes no ir identificados.
  • VÍDEO: Así se produjeron las cargas policiales en Plaza de Cataluña.
Uno de los manifestantes intenta evitar el golpe de un mosso d'esquadra durante el desalojo de los acampados en la plaza Cataluña de Barcelona.
Uno de los manifestantes intenta evitar el golpe de un mosso d'esquadra durante el desalojo de los acampados en la plaza Cataluña de Barcelona.
Andreu Dalmau / EFE
Uno de los manifestantes intenta evitar el golpe de un mosso d'esquadra durante el desalojo de los acampados en la plaza Cataluña de Barcelona.

El juez ha archivado la causa abierta contra el director de los Mossos d'Esquadra, Manel Prat, y la ex teniente de alcalde de Barcelona, Assumpta Escarp, por las cargas a indignados al considerar que la actuación policial fue proporcionada y justificada por la necesidad de limpiar la plaza Catalunya.

En un auto, el titular del juzgado de instrucción número 4 de Barcelona, Josep Maria Miquel Porres, ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa, abierta a raíz de la querella presentada por medio centenar de indignados y en la que estaban también imputados el comisario de Barcelona, Joan Carles Molinero, y los responsables de los antidisturbios de la policía catalana.

El instructor considera en su auto que la intervención de Mossos d'Esquadra y Guardia Urbana en la acampada de indignados de la plaza Catalunya de Barcelona del pasado 27 de mayo estaba justificada, sin que quepa "ninguna duda" de que su único objetivo era retirar elementos peligrosos de cara a la celebración futbolística del día siguiente por la posible victoria del Barça en la Champions.

Respecto a las cargas de la policía catalana, que desencadenaron imágenes de manifestantes heridos que dieron la vuelta al mundo, el magistrado sostiene que la actuación fue "razonablemente proporcionada", dado que no hubo "muestras de extralimitación" en el uso de la fuerza, mayoritariamente ejercida con las defensas y centrada en manos, brazos, glúteos y piernas.

El juez cree que ese "uso monopolizado e indefinido del espacio público" por parte de los indignados, aunque no puede ser criminalizado, era susceptible de ser sometido a regulación administrativa, lo que amparaba una intervención como la que tuvo lugar el pasado 27 de mayo.

Además, el magistrado destaca que el uso de la fuerza policial fue precedida de dos comunicaciones por megafonía y sostiene que la policía "dedicó todos los esfuerzos que tenía a su alcance para cumplir con su deber sin tener que utilizar la fuerza, que tuvo que autorizar al cabo de dos horas de infructuosos intentos".

Los indignados recurrirán la decisión

La acusación particular ejercida por medio centenar de indignados en la causa abierta por las cargas en la acampada de la plaza de Catalunya de Barcelona recurrirán la decisión del juez de archivar la investigación judicial.

Jaume Asens y Anaïs Franquesa, abogados de los indignados, han expresado su rechazo a la resolución judicial, al considerar que el juez ha cerrado el caso sin practicar todas las diligencias necesarias y sin pronunciarse sobre algunos de los delitos investigados, como el prevaricación.

Los indignados que presentaron la querella por las cargas en la plaza de Catalunya argumentarán en su recurso que el juez sólo ha citado a la parte imputada, y no a testigos esenciales de los hechos como los miembros del Legal Team que intentó mediar en la operación, y ni siquiera ha imputado a mandos policiales que podrían haber causado lesiones, como un subinspector de los ARRO (Área Regional de Recursos Operativos).

Para los letrados, además, el juez no se ha pronunciado sobre todos los delitos que se investigaban en la causa, como el de prevaricación, que podría imputarse a los mandos policiales por permitir que los antidisturbios no llevaran la identificación visible.

En opinión de Franquesa es "sorprendente" que el juez concluya que no hubo una extralimitación por parte de los Mossos d'Esquadra, teniendo en cuenta que él mismo reconoce que, pese a que la mayoría de lesiones a manifestantes se produjeron de cintura para abajo, en algún caso los golpes de los antidisturbios pudieron dirigirse a zonas vitales del cuerpo.

Los letrados lamentan también que el magistrado justifique la operación policial en la plaza de Catalunya, poniendo por encima la integridad física "futura e incierta" de las personas que pudieran verse afectadas por la posible celebración futbolística de la Champions que la de los participantes en la acampada.

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