La huelga sin servicios mínimos en el Metro de Madrid fue ilegal, según el TSJM

  • Tuvo lugar en junio de 2010 y afectó a más de 3,5 millones de viajeros.
  • Desestimado el recurso interpuesto por los sindicatos y los comités.
  • El sindicato CC OO ha anunciado que  recurrirá la sentencia del TSJM.
Un convoy, detenido en la estación de Nuevos Ministerios.
Un convoy, detenido en la estación de Nuevos Ministerios.
Un convoy, detenido en la estación de Nuevos Ministerios.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado "en su integridad" una sentencia de lo Juzgado de lo Social, que declaraba ilegal la huelga de Metro sin servicios mínimos que tuvo lugar en Madrid los días 29 y 30 de junio de 2010 y que afectó a más de 3,5 millones de viajeros.

En una sentencia fechada el 20 de febrero, el TSJM desestima el recurso de suplicación interpuesto por los sindicatos, el comité de huelga y el comité de empresa contra aquel fallo del Juzgado de lo Social número 16, que en enero del año pasado declaró ilegal la huelga por incumplir los servicios mínimos del 50% decretados por el Gobierno regional.

Este fallo, contra el que sólo cabe recurso de casación, ratifica el del Juzgado de lo Social al estimar que el "Metro es un servicio de transporte esencial en la ciudad de Madrid, necesario e indispensable para los desplazamientos de los ciudadanos".

A este respecto los sindicatos que alegaban que en Madrid existe un servicio alternativo de transporte a Metro y que las molestias a los ciudadanos no fueron tan graves.

La sentencia rechaza los argumentos de los sindicatos con representación en el suburbano madrileño (CCOO, UGT, Solidaridad Obrera, Sindicato de Conductores, Sindicato Libre, Sindicato de Técnicos y Sindicato de Estaciones), el comité de huelga y el comité de empresa, de que en otras ocasiones los servicios mínimos establecidos por el Gobierno fueron anulados por los tribunales por ser excesivos.

CC OO recurrirá

Por su parte, el responsable de CC OO en Metro de Madrid, Ignacio Arribas, ha manifestado que la decisión del TSJM es "desacertada e incoherente" y ha anunciado que el sindicato la va a recurrir.

Su homólogo de UGT, Teodoro Piñuelas, "no comparte" la sentencia pero "la acata", y ha añadido que los servicios jurídicos del sindicato van a "estudiar la posibilidad de presentar un recurso".

Ambos dirigentes sindicales han coincido en señalar que no entienden por qué la sentencia no ha tenido en cuenta que los tribunales han venido anulando los servicios mínimos fijados por el Gobierno regional tras ser impugnados por los sindicatos al considerarlos "abusivos e injustificados".

En la sentencia del TSJM se indica, sin embargo, "la falta de vinculación" entre la causa por la que se declara ilegal la huelga de los días 29 y 30 de junio de 2010 y la anulación de los servicios mínimos.

En un comunicado, Metro de Madrid considera que la sentencia "establece las pautas para salvaguardar los derechos de los ciudadanos de Madrid, lo que evitará que vuelvan a sufrir en el futuro huelgas salvajes, abusivas e indiscriminadas como la padecida en junio de 2010 en el Metro de Madrid".

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