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Un niño canario podrá cobrar la pensión de orfandad, aunque sus padres no estaban casados

El Tribunal Constitucional (TC) ha equiparado a los hijos matrimoniales y extramatrimoniales en las prestaciones de la Seguridad Social por orfandad y ha anulado una sentencia que denegó a un menor su cobro porque sus padres no estaban casados.

El organismo considera que la decisión anulada "vulneraba el derecho del menor a no sufrir discriminación por razón de nacimiento".

El padre falleció cuando convivía con la madre, con la que no había contraído matrimonio
La sentencia recuerda que el padre falleció a consecuencia de un accidente de trabajo cuando convivía con la madre del niño, de un año, con la que no había contraído matrimonio sin que existiera una causa legal que lo impidiera.

A raíz del fallecimiento de su pareja, la madre solicitó prestaciones de auxilio por defunción, viudedad, orfandad e indemnización.

La mutua aseguradora de la empresa en la que trabajaba el fallecido abonó a la demandante de amparo 819.000 pesetas (casi 5.000 euros) en concepto de indemnización.

La empresa reclamó a la madre el dinero de la indemnización al no existir vínculo matrimonial entre ella y el fallecido
Sin embargo, posteriormente la empresa presentó una demanda y reclamó a la mujer ese dinero al entender que no existía un vínculo matrimonial entre ella y el fallecido, demanda que fue desestimada por el Juzgado de lo Social número 2 de Santa Cruz de Tenerife.

Aceptada por el Tribunal Superior de Justicia

La mutua recurrió ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias, que estimó el recurso basándose en una sentencia del Tribunal Supremo sobre otro supuesto idéntico.

La sentencia consideraba que para tener derecho a dicha prestación es requisito necesario la existencia de vínculo matrimonial y que, de no existir, se debe acreditar la imposibilidad legal de contraer matrimonio.

Equiparación de derechos

Por el contrario, la sentencia del TC, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Delgado Barrio, considera que el TSJ de Canarias no tuvo en consideración el impacto indirecto que tiene la cuestión en las necesidades de la familia del hijo extramatrimonial afectado.

El TC señala la necesidad de procurar una equiparación de derechos que satisfaga las necesidades de los hijos extramatrimoniales en la misma medida que los matrimoniales, "pues aquellos no deben sufrir una peor situación económica familiar por el hecho de que sus padres no contrajeran matrimonio".

Para el alto tribunal, la sentencia del TSJ discriminaba de modo indirecto a los hijos extramatrimoniales.
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Dice ser = ESPAÑOL =, 16.06.2006 - 19.08h

perfecto, ahora los niños nacidos de inmigrantes ilegales la tendrán también y a chupar aún más de la Seguridad Social.

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Dice ser andros
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Dice ser andros, 16.06.2006 - 19.27h

!!bién por el constitucional!!

(no todo van a ser malas noticias)

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Dice ser redoble
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Dice ser redoble, 16.06.2006 - 22.41h

Alucinado, en un pais donde los homosesuales se pueden casar que no esté resuelto estos casos.
otro caso es el de la madre . Puede cobar una pensión cuando no se está inscrito en ningún sitio que son pareja,Ayuntamiento u otro lado

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Dice ser DUELL
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Dice ser DUELL, 16.06.2006 - 23.25h

Estso casos ya están resueltos:basta con casarse.Al personal ya le vale con los rollitos progres y la irresponsabilidad:en cuanto estás arrenjutado debes casarte,precisamente porque esa formalización NO ES LO QUE DICE LA IGLESIA.Sólo es una formalización.Y no hacerlo con un hijo de por medio ya sería para decirles ¨arréglense ustedes como puedan¨.Claro que tratándose del chaval hay que tener manga ancha y sentido común...pero desde luego que no hay que darle una pensión a cualquiera que asegure que era pareja de un muerto.¿Ah,sí?¿Y por qué no perdió usted media hora en pasar por el juzgado?Si su supuesta pareja no quiso hacerlo,por algo sería.Puede uno pensar.

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Dice ser paaq
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Dice ser paaq, 16.06.2006 - 23.27h

No comprendo cómo se puede meter en el mismo saco una pensión de viudedad que de orfandad. Si no estás casado, comprendo que te denieguen la pensión de viudedad... pero joder, si tienes un hijo, y apareces como padre en su partida de nacimiento, y lo crías, y le das amor, cariño y educación, ¿a quién narices le importa que estés o no casado con su madre?

Bueno, aquí derribamos un vestigio más de la Ley Católica. Ánimo, quedan pocos.

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Dice ser rob
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Dice ser rob, 17.06.2006 - 07.55h

Me temo que el titular de la noticia está equivocado, y que no se trataba de una pensión de orfandad, sino de una indemnización que reclamaba la pareja no casada.

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Dice ser luis
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Dice ser luis, 17.06.2006 - 08.20h

Es que eso es de "cajón".
Si un niño se queda sin padres, tiene derecho a su pensión. El no es responsable de la situación en la que estaban sus padres. Suficiente desgracia ha tenido con perderlos.

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Dice ser lara2
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Dice ser lara2, 17.06.2006 - 12.54h

me parece fenomenal que proteja a los niños,sea cual sea su nacionalidad,raza,color,etc............ . los niños son seres inocentes y como tal hay que protegerlos .

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Dice ser Luka
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Dice ser Luka, 17.06.2006 - 13.17h

¿ Y se la habían negado?.Debió de el Juez o la Juez de la misma promoción que la juez que juzgó a farruquito. Que tendrá que ver el matrimonio de los padres con el derecho del niño......Es que es de cajón.....

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Dice ser Pilar
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Dice ser Pilar, 18.06.2006 - 10.04h

Estoy orgullosa de provenir de un pais tercermundista y quiero seguir siendolo, por que personas como el primero, dan asco, en mi pais todos son bien recibidos, siempre y cuando sepan comportarse como personas, la raza, el color y (el olor) se respetan, los niños nunca son discriminados por nada, ademas el estado cicil es una mera conveniencia de la religion (por que si no tienes dineroni siquiera puedes casarte, se paga por todo), yo no soy nadie par acriticar a nadie, si se casan bien y si no, tambien, por favor dejemonos de ser ignorantes y de mala fe, al primero que dio su version, le invito a mi pais y alli aprendera a ser humano

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