El niño Jaime Vaquero, que vivía en Torrejón de Ardoz (Madrid), fue la primera persona que el 1 de mayo de 1981 murió a causa de la entonces desconocida enfermedad, de la que enseguida se conocieron nuevos afectados y fallecidos y que provocó un gran desconcierto en las autoridades sanitarias, en los médicos y entre la población.
Este aceite, que se importó de Francia para uso industrial, se distribuyó después por algunos aceiteros para uso humano tras extraerle la anilina a alta temperatura, un proceso que dio lugar a la creación de compuestos tóxicos que causaron la grave intoxicación conocida hoy como síndrome del aceite tóxico.
Los estudios para estudiar este síndrome y tratar a los afectados que sobrevivieron a la intoxicación se ubican en el Instituto de Salud Carlos III, dependiente del Ministerio de Sanidad, en el Instituto de Investigación de Enfermedades Raras, donde están los únicos expertos que hay en el mundo sobre una patología que sólo se ha producido en España.
Datos del Instituto de Enfermedades Raras relacionan de manera directa la intoxicación y posterior enfermedad con el consumo de aceite de colza contaminado con anilina desnaturalizada y, aunque reconocen que el tóxico específico aún se desconoce, concluyen que hay evidencia científica de que la enfermedad la produjo el consumo del aceite desnaturalizado.
También indican que los afectados que sufrían la enfermedad tenían un periodo de latencia de diez días y tres fases clínicas, la primera caracterizada por una fase aguda de neumonía atípica, la intermedia que les provocaba tromboembolismo, hipertensión pulmonar, calambres y fuertes dolores musculares, y la tercera daños en el hígado.
2.374 millones euros en indemnizaciones
Según fuentes jurídicas, a 24 de abril sólo quedaban por concluir 36 expedientes de los 18.517 que se abrieron a los afectados por el consumo de aceite de colza, mientras que unas 300 personas con derecho a cobrar indemnizaciones todavía no han presentado su solicitud.
Las indemnizaciones que fijó en sentencia el Tribunal Supremo oscilan entre los 90.151 euros para los herederos de los fallecidos y los 300.000 euros para quienes sufren incapacidades graves, cantidades que han tenido que ser abonadas por el Estado.



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